Limitación de Aduana de Cuba a piezas de autos, neumáticos y parabrisas

¿Cuál es la limitación de Aduana de Cuba para la entrada al país de piezas de autos, neumáticos, parabrisas, entre otros? Actualización de inmediato.

La Resolución 175/2022, titulada “Reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales y el Listado de Valores de referencia”, establece nuevas disposiciones de la Aduana de Cuba. Este reglamento amplía las cantidades permitidas para importar la mayoría de los artículos que se valoran por su precio en lugar de su peso.

En su capítulo 8, relacionado con vehículos automotores, piezas y accesorios, se introduce una norma específica: se permite la importación como equipaje de hasta dos ciclomotores eléctricos de dos plazas o uno mediante envíos.

También se autoriza la importación de partes y accesorios para vehículos automotores, siempre que lo permita la legislación vigente y la cantidad sea acorde con las necesidades de mantenimiento o reparación de un vehículo.

En cuanto a los juegos o kits de piezas, se pueden importar hasta cinco, siempre que sean de tipos distintos y contengan únicamente las unidades necesarias para la reparación. Para juntas, se admiten dos juegos por tipo.

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Además, se permite aplicar la modalidad de valor-peso para piezas diversas cuyo peso no supere los cinco kilogramos.

Aduana de Cuba sobre entrada de piezas de autos, neumáticos y demás 

Respecto a neumáticos y llantas, se establece que pueden importarse hasta cinco unidades para autos ligeros, siete para vehículos pesados y tres para motocicletas o ciclomotores.

La normativa incluye también un listado de valores de referencia para vehículos automotores, piezas y accesorios, con el fin de facilitar el cálculo de los costos y garantizar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras.

  1. Ciclomotor eléctrico de hasta dos plazas – Unidad: 200.00
  2. Batería o acumulador de litio – Unidad: 60.00
  3. Otras baterías y acumuladores – Unidad: 35.00
  4. Kit o set de baterías de gel – Unidad: 100.00
  5. Carburador – Unidad: 40.00
  6. Delco (distribuidor) – Unidad: 30.00
  7. Guardafangos – Unidad: 40.00
  8. Parabrisas – Unidad: 150.00
  9. Neumáticos para autos ligeros (con o sin cámaras) – Unidad: 60.00
  10. Neumáticos para autos pesados (con o sin cámaras) – Unidad: 100.00
  11. Neumáticos para motos o ciclomotores (con o sin cámaras) – Unidad: 35.00
  12. Cámaras para neumáticos de autos ligeros – Unidad: 10.00
  13. Cámaras para neumáticos de autos pesados – Unidad: 30.00
  14. Cámaras para neumáticos de motos o ciclomotores – Unidad: 5.00
  15. Llantas para autos ligeros – Unidad: 60.00
  16. Llantas para autos pesados – Unidad: 100.00
  17. Llantas para motos o ciclomotores – Unidad: 35.00
  18. Amortiguadores – Unidad: 15.00
  19. Bobina de encendido – Unidad: 5.00
  20. Caja de velocidad – Unidad: 120.00
  21. Pizarra (con o sin relojes) – Unidad: 100.00
  22. Defensa (delantera y trasera) – Unidad: 50.00
  23. Capot – Unidad: 80.00
  24. Tapa maletero – Unidad: 80.00
  25. Puertas – Unidad: 100.00
  26. Bombas de aceite, combustible, agua y cloche – Unidad: 20.00
  27. Pistones – Unidad: 10.00
  28. Camisa pistón – Unidad: 15.00
  29. Cigüeñal – Unidad: 80.00
  30. Motor de arranque – Unidad: 40.00
  31. Radiador – Unidad: 30.00
  32. Sistema limpia parabrisas – Unidad: 30.00
  33. Encendido eléctrico – Unidad: 40.00
  34. Sistema de clima para autos – Unidad: 70.00
  35. Kit o set de frenos (mangueras, pastillas, discos) – Unidad: 20.00
  36. Barra estabilizadora – Unidad: 60.00
  37. Puente delantero – Unidad: 100.00
  38. Radio reproductora para auto – Unidad: 40.00
  39. Los demás accesorios, partes y piezas de autos, motos y ciclomotores – Unidad: 20.00
  40. Butaca delantera – Unidad: 60.00
  41. Asiento trasero – Unidad: 80.00
  42. Asiento para moto o ciclomotor – Unidad: 50.00
  43. Timón para auto – Unidad: 30.00
  44. Tubo de escape de autos y motos – Unidad: 50.00
  45. Cristal de puerta o ventanilla – Unidad: 40.00
  46. Rodamientos – Unidad: 20.00
  47. Válvulas de motor – Unidad: 5.00
  48. Diferencial de vehículos ligeros – Unidad: 120.00
  49. Diferencial de vehículos pesados – Unidad: 500.00
  50. Cámara de vigilancia para auto – Unidad: 150.00
  51. Remolque o arrastre ligero sin propulsión – Unidad: 300.00
  52. Motor marino que no exceda los 10 caballos de fuerza (HP) – Unidad: 950.00
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Estas medidas buscan flexibilizar las importaciones para las personas naturales, manteniendo el control necesario sobre las mismas.

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