Registro Mercantil en Cuba: Cooperativas no agropecuarias

El Registro Mercantil en Cuba es un Registro jurídico. A partir de su inscripción adquieren personalidad jurídica los sujetos y entran en vigor los contratos.

El Sistema del Registro Mercantil en Cuba garantiza la seguridad jurídica en el tráfico mercantil. Se halla conformado por:

  • El Registro Mercantil Central, sito en ciudad de La Habana, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional
  • b) Los Registros Mercantiles Territoriales, adscritos al Ministerio de Justicia, con competencia y jurisdicción provincial.
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En el Registro Mercantil se inscriben los sujetos y actos siguientes:

  • Empresas estatales en perfeccionamiento empresarial
  • Sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y sus sucursales en el territorio nacional
  • Empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y empresas de capital totalmente extranjero
  • Personas naturales extranjeras autorizadas a operar en Cuba con independencia
  • Sucursales de sociedades mercantiles extranjeras
  • Cooperativas no agropecuarias

Las cooperativas no agropecuarias:

La cooperativa no agropecuaria se formaliza ante Notario Público y adquiere personalidad jurídica con su inscripción en el Registro Mercantil.

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En la Escritura Pública Notarial de Constitución de Cooperativas no agropecuarias de Primer Grado, se incorporará una copia de la autorización del órgano local del Poder Popular, organismo o entidad nacional, todo lo cual queda unido legalmente a la escritura. Además, incluirá la constancia de la inversión del capital de trabajo mínimo.

Las personas naturales de Cuba para ser socios de una cooperativa no agropecuaria deben cumplir los requisitos siguientes:

  • Tener 18 años de edad
  • Ser residente permanente en Cuba
  • Estar aptos para realizar las labores productivas o de servicios que requiere su actividad.
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Los Registradores Mercantiles evaluarán los documentos presentados, la validez de su contenido, la capacidad y legitimación de los solicitantes y tienen un plazo de hasta 15 días naturales para la conclusión del trámite de inscripción en el Registro Mercantil.

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