Rodrigo Malmierca Díaz, ministro de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera en Cuba, ha afirmado: «La Ley 118 de Inversión Extranjera no establece ninguna limitación respecto al origen del capital».
En tal sentido, los ciudadanos cubanos que residen de manera permanente en el exterior no tienen limitación para invertir en Cuba, en palabras del titular.
Al respecto, Déborah Rivas Saavedra, directora general de Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera en Cuba, ofreció declaraciones al portal de noticias digital Cubadebate.
Según la directiva, desde la aprobación de la Ley 118 en el 2014 en la Asamblea Nacional del Poder Popular se difundió la posibilidad de inversiones de ciudadanos cubanos residentes en el exterior al amparo de esta ley.
Consta en la Ley: «la persona natural o jurídica, con domicilio y capital en el extranjero, que participa como accionista en una empresa mixta o participe en una empresa de capital totalmente extranjero o figure como parte de un contrato de asociación económica internacional».
Las condiciones de la inversión son las definidas por la propia ley, su Reglamento, el Decreto 325 de 2014 y el resto de las normas complementarias: para presentar un proyecto al Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera en Cuba, deben hacerlo a través de un órgano, organismo o entidad nacional patrocinador.
Los patrocinadores son instituciones nacionales que presentan al Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera los proyectos del inversionista extranjero. Estos proyectos deben responder a las políticas sectoriales de interés público.
Dichas políticas se pueden encontrar en la Cartera de Oportunidades de Negocios que se ha publicado cada año desde el 2014.
Un ejemplo: un ciudadano cubano residente permanentemente en el exterior, desea invertir en una fábrica de envases para el mercado nacional y la exportación. En este caso, debe contactar al grupo empresarial GEMPIL. El expediente de negocio que se cree lo presenta al Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, el Ministerio de Industria, organismo patrocinador.
Los ciudadanos cubanos residentes en el exterior deben acogerse a la Ley de Inversión Extranjera, a pesar de ser cubanos, pues no residen de manera permanente en Cuba. Su capital y sus negocios se hallan en el exterior, por lo que la inversión no tiene su origen en Cuba.
En palabras de Déborah Rivas Saavedra, la política pública de inversión extranjera de Cuba ha identificado como sectores en los que se necesita la inversión de capital extranjero a: la producción eléctrica con fuentes renovables de energía; las industrias ligera, agroalimentaria, farmacéutica y biotecnológica; la construcción; el turismo.
La Cartera de Oportunidades de Negocios con Inversión Extranjera 2018-2019 comprende 525 proyectos en todos estos sectores priorizados.
No obstante, pueden proponerse proyectos no incluidos en la Cartera, siempre que respondan a las políticas sectoriales del país.
No hay un monto de capital establecido por la ley cubana como mínimo para aprobar las inversiones extranjeras. Todos los casos se analizan de manera integral: el proyecto propuesto y el capital a invertir, y su respectiva correspondencia.
De acuerdo con la directora general de Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, en Cuba no se hará distinción al considerar a los inversionistas extranjeros, porque sean cubanos residentes en el exterior. Del mismo modo que para el resto de los inversionistas, el tipo de establecimiento responderá al proyecto que se proponen realizar.
En tal sentido, las garantías para la inversión son las mismas. Así lo ampara la Ley 118, “de la Inversión Extranjera”, para todos los inversionistas extranjeros. Y lo refrenda en su Artículo 28, la Constitución de la República de Cuba, aprobada en abril de 2019.
El Estado cubano ofrece garantías a la inversión extranjera, como elemento esencial para el desarrollo económico de la Isla. Siempre, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales, y el respeto a la soberanía e independencia nacionales.