El Consulado de EspaƱa ha comunicado este martes que se han prorrogado las ārestricciones de viajes no imprescindibles desde terceros paĆses a la UniĆ³n Europeaā.
Esto significa que las limitaciones de entrada se mantendrĆ”n hasta el prĆ³ximo 30 de abril, segĆŗn la Ćŗltima modificaciĆ³n de la Orden INT/657/2020.
De acuerdo a la informaciĆ³n del documento, como la la RecomendaciĆ³n del Consejo āno ha variado, procede prorrogar sus efectos durante otro mes adicional, sin perjuicio de la posibilidad de modificar cualquiera de sus artĆculos antes de ese plazo si las circunstancias variasenā.
En el caso del Consulado de EspaƱa, en las anteriores ocasiones han indicado que mientras se mantenga esta normativa, no tramitarƔn visados por razones de turismo, negocios, visita familiares, etc.
No obstante, desde su sitio web, la sede diplomĆ”tica informa sobre el procedimiento excepcional vigente para solicitar un visado de estancia Schengen en Cuba, mientras se aplique la restricciĆ³n de viajes.
Algunos de los elementos imprescindibles son la presentaciĆ³n de documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios econĆ³micos suficientes, y que se demuestre āla intenciĆ³n del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visadoā.
Entre los motivos de viajes a EspaƱa bajo este tipo de visado en estos momentos, incluyen: actores del sector cultural, viajes de negocios a EspaƱa, tratamiento mƩdico, robo, hurto o pƩrdida de la residencia en EspaƱa y misiones de organismos oficiales.
Quienes se encuentren bajo estos supuestos deberƔn contar con un seguro mƩdico de viaje y el abono de la tasa del visado Schengen.
En el caso del seguro, el Consulado de EspaƱa en La Habana indica que debe cubrir ālos gastos de repatriaciĆ³n por motivos mĆ©dicos o por defunciĆ³n y la asistencia mĆ©dica de urgencia o la atenciĆ³n hospitalaria de urgencia durante todo el perĆodo de la estancia y en toda el Ć”rea Schengenā.
Esto significa que la cobertura mĆnima serĆ” de 30.000 euros o su equivalente en moneda local.
En cuanto a la tasa de visado, debes conocer que los menores de 6 aƱos, quedan exentos del pago de la tasa consular; entre 6 y 12 aƱos, deberĆ”n pagar 1130 CUP. El resto de los solicitantes tendrĆ” que āabonar la tasa consular establecida, es decir, 2255 CUPā.
La sede diplomĆ”tica reitera que āno se expiden visados de corta estancia (turismo, visitas familiares)ā.
Ćnicamente pueden viajar bajo esta categorĆa las personas antes mencionadas.
Como hemos explicado anteriormente, los ciudadanos espaƱoles, ciudadanos de la UniĆ³n Europea y sus familiares, y otros beneficiarios del derecho a la libre circulaciĆ³n, pueden entrar a EspaƱa sin restricciones fronterizas.
Todo el procedimiento lo puedes revisar directamente en esta pƔgina.
quisiera saber con exactitud cuƔles son lo documentos que se presentan para acudir a la cita y obtener el pasaporte espaƱol para la ley de nietos
Que cuesta el visado para los cubanos osea en moneda nacional
Clic en el enlace para mĆ”s informaciĆ³n: https://www.directoriocubano.info/noticias/consulado-de-espana-en-cuba-tramita-casos-excepcionales-de-visado-schengen/
Necesito saber que papeles debo entregar para reagrupaciĆ³n familiar
Pinche para leer: https://www.exteriores.gob.es/Consulados/lahabana/es/ServiciosConsulares/Paginas/index.aspx?scco=Cuba&scd=166&scca=Visados&scs=Visados+Nacionales+-+Visado+de+reagrupaci%c3%b3n+familiar+en+r%c3%a9gimen+general
Es el consulado mas mentiroso que conozco me han hecho perder el tiempo y gastar dinero , solo por error lo ultimo que nos faltĆ³ para demostrar la descendencia fue prueba de ADN, despuĆ©s de acomodar nos a la idea de ser denegados volvieron a citar con tremendas esperanzas y al final todo fue una burla. Que Dios los cuide.