Si usted es cubano y es familiar de un comunitario en España, debe conocer que cuenta con ciertos beneficios en el propio territorio ibérico y también en otros países de Europa. Entre dichos beneficios se cuenta la posibilidad de ingresar al espacio Schengen, residir o incluso, trabajar.
No obstante, no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otra nación comunitaria. Se debe ser un familiar cercano y se deben cumplir algunos requisitos de manera esencial.
A continuación, ponemos en sus manos toda la información que puede serle útil a respecto, y que usted debe conocer:
Un ciudadano comunitario en España: Es un ciudadano que cuente con la nacionalidad de los países de la Unión Europea, tales como:
Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburdo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia.
A estos se suman los ciudadanos de los países miembros del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Noruega, Islandia, Liechtenstein y los ciudadanos de la Confederación Suiza.
Familiar de comunitario en España se consideran:
- Los cónyuges o parejas de hecho, legalmente registradas.
- Los hijos menores de 21 años o que sean mayores, pero a cargo, o a cargo del cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea o sa cargo de su cónyuge.
Los requisitos que debe cumplir un familiar de comunitario para entrar al espacio Schengen: En el caso de los cubanos, deben contar con un Visado que le autorice a viajar a territorio español. Los cubanos que no tienen como segunda ciudadanía la española, requieren siempre Visado para poder ingresar a la nación ibérica.
Consulte también, para más información, nuestro enlace sobre la Visa para cubanos viajar a España 2019.
El tipo de Visado que debe solicitar el cubano familiar de un comunitario para poder viajar a España: En el caso de los cubanos que, como los nacionales de otros países, requieren contar con Visado para poder viajar a la nación hispana, deben saber que, para los familiares de comunitario que viajan juntos o para reunirse con su familiar, existe un tipo de Visado especial. Los requisitos de este suelen ser más sencillos de cumplir que los de un Visado regular: no se requiere presentar pruebas de solvencia económica ni pruebas de hospedaje. Basta con que el ciudadano comunitario emita una carta en la que explicite su voluntad de que se otorgue un Visado a su familiar, para que este pueda viajar con él o para reunírsele en aquel país. Las tarifas para este tipo de Visado son gratuitas.
Los derechos que disfrutan los familiares de un ciudadano comunitario: Son prácticamente los mismos derechos de los que disfruta un ciudadano comunitario. El familiar cubano tiene derecho a residir, trabajar o estudiar allí, según corresponda. También tienen derecho a la residencia permanente, tras haber residido de manera legal en España por un período de cinco años, aun si no tienen trabajo. Sí es requisito esencial que no se haya fracturado el nexo entre el familiar y el ciudadano comunitario, gracias al que se recibió el permiso de residencia inicial en territorio hispano.
El familiar de un ciudadano español puede optar por la nacionalidad: En el caso de los cónyuges, son menores los plazos de tiempo para poder optar por la nacionalidad por residencia en tierra española. Tras solo un año de matrimonio y residencia legal allí, se tiene derecho a comenzar el trámite. En el caso de los ascendientes, no se contemplan derechos especiales, la única alternativa es cumplir con los requisitos establecidos y aguardar por los plazos de residencia estipulados. Mientras, los descendientes de un español sí tienen derecho a la nacionalidad, siempre que uno de sus progenitores sea originario de España.