A propósito de la inminente fecha de declaración de impuestos federales 2022 en Estados Unidos, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) explicó varios aspectos importantes. Resulta fundamental que los contribuyentes conozcan cómo hacer su declaración de impuestos y el monto en el que quedarán algunos créditos tributarios.
Si los contribuyentes recibieron pagos de terceros en 2022 por bienes y servicios (más de $600.00 USD), el IRS declara que estos obtendrán un formulario. En este caso sería un formulario 1099-K (transacciones con tarjeta de pago y red de terceros) y lo recibirán antes del 31 de enero de 2023.
Además, no estará sujeto a impuestos el dinero recibido a través de pagos de terceros que provenga de amigos, familiares u obsequios personales.
En tal sentido, la ley del Plan de Rescate Estadounidense 2021 tuvo su influencia en el cambio de este formulario. Puesto que antes de 2022 el 1099-K solo se emitía para transacciones de redes de terceros, nada más, si la cantidad excedía los $200.00 USD anuales. También se emitía si el monto total de las transacciones de redes de terceros excedía los $20 000 USD al año.
Al realizar una comparación con el año tributario anterior, es probable que algunos contribuyentes reciban un reembolso menor en este período.
¿Cómo se otorgarán los créditos tributarios?
Según los datos del IRS, los créditos tributarios serán otorgados de la siguiente manera.
Recibirán $2000.00 USD aquellos que sean elegibles y que obtuvieron $3600.00 USD por dependientes en 2021 debido al Crédito Tributario por Hijos.
En el caso del Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC), recibirán $500.00 USD los contribuyentes sin hijos que obtuvieron aproximadamente $1500.00 USD en 2021. Por último, el Crédito por cuidado de hijos y dependientes otorgará $2100.00 USD. Esta es una cantidad llamativamente inferior, si se tiene en cuenta que el monto de 2021 fue de $8000.00 USD.
No obstante, la elegibilidad del Crédito tributario de prima se ampliará de forma temporal y podrá ser más grande el número de contribuyentes para el citado lapso.