Embajada de Estados Unidos en Cuba informa sobre autorizaciones de empleo con permiso temporal de entrada

La Embajada de Estados Unidos en Cuba ha publicado información referente a las autorizaciones de trabajo para los beneficiarios con permiso temporal de entrada al país.

Desde su cuenta de Twitter la sede diplomática estadounidense ha informado que los interesados en trabajar en Estados Unidos podrán servirse de un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Un recurso del que podrán disponer si cumplimentan de manera eficiente el Formulario I-765.

“Si recientemente obtuvo permiso temporal para ingresar a EE. UU. y le gustaría trabajar aquí, necesitará un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Para solicitarlo, presente el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo”, precisa la publicación de la embajada en sus redes sociales.

Asimismo, la sede estadounidense de La Habana invita a los interesados a visitar la página explicativa correspondiente del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

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Como parte del procedimiento establecido según la autoridades migratorias estadounidenses, “es probable que usted sea elegible para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) para trabajar legalmente en Estados Unidos si:

  • Recientemente recibió un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos (el conocido “parole” por ejemplo) y dicho autorización sigue siendo válida
  • Pidió asilo en el país y su solicitud lleva pendiente al menos desde 150 días de espera.

De igual manera se recomienda a los interesados que, si aún no han comenzado el proceso de solicitud del EAD para trabajar en Estados Unidos, pueden comenzarlo canto antes desde este enlace. Para ello necesitará crearse una cuenta online en USCIS y presentar su solicitud con el mencionado Formulario I-765.

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Una vez cumplimentado este procedimiento el USCIS le hará llegar su EAD correspondiente a la dirección que proporcionada en su petición. Esto en caso, claro está, de que su solicitud fuera aprobada.

Solicitudes, procedimientos y pagos

Por otra parte, USCIS informa que desde el 1 de abril de 2022, ya no acepta una sola tarifa de presentación combinada cuando se presenten a la misma vez el Formulario I-539 de Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante; el Formulario I-765, de Solicitud de Autorización de Empleo; o el Formulario I-824, para la Solicitud de Acción en una Solicitud o Petición Aprobada, junto con un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante.

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O sea, actualmente se exigen los pagos separados para cada uno de estos formularios. “Si se combinan los pagos de estos formularios, rechazaremos el paquete completo”, aclara USCIS.

Finalmente aclaran que como parte del proceso de recepción y verificación de documentos podrían separar los Formularios I-765 de los Formularios I-131 presentados simultáneamente. Ello con el objetivo de mejorar la eficiencia y acortar los tiempos de procesamiento

“A partir del 1 de febrero de 2022, cuando sea posible, adjudicaremos primero el Formulario I-765 del solicitante. Si se aprueba, emitiremos un Documento de Autorización de Empleo sin ninguna anotación sobre el permiso adelantado. Adjudicaremos el Formulario I-131 por separado y, si se aprueba, emitiremos un documento de permiso adelantado”, concluye.

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14 comentarios
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14 comentarios en «Embajada de Estados Unidos en Cuba informa sobre autorizaciones de empleo con permiso temporal de entrada»

  1. Es una forma magnífica de oportunidades para los cubanos que deseamos trabajar en Estados Unidos y en cualquier otro pais para obtener mejor economía y ayudar a su familia, me gusta esa idea y ojalá pudiera trabajar en ese país

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  2. me gustaria con los años que me quedan aún para trabajar,poder visitar ese pais y lograr hacer lo que no he podido en tantos años de trabajo aca,seria algo fenomenal, dios quiera y la suerte me acompañe.gracias.

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  3. Soi un muhaho de 21 Año que ase aproximadamente 3 año que termine los estudios, ESTOI INTERESADO EN LA PROPUESTA DE EMPLEO DE TRABAJO……SOI DE PROBINSIA DE Holguín,Se manejar Rastras,camiones,y exetera cualquier Beiculo terrestre……..MI NOMBRE – ES – RIDER MIGEL BETANCOURT PIÑERO……SOLO LE PIDO A DIOS QUE ESTE COMENTARIO YEGE A MANOS CORRECTA Y ME COLABORE……

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