Consejos para preparar un buen caso de asilo en los Estados Unidos

El fallo de la Junta Superior de Apelaciones de Inmigración de EE. UU. (BIA, por sus siglas en inglés) sobre los cubanos que recibieron un documento I-220 A y no pueden solicitar residencia ha sido recibido como un varapalo por estos emigrantes.

Si bien la mayoría de los expertos migratorios han señalado que la única alternativa ahora mismo es que soliciten asilo, otros han advertido que no todas las personas afectadas son elegibles para hacerlo. 

Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés), cada año llegan a EE. UU. personas en busca de protección porque han sufrido persecución o temen sufrirla debido a varios motivos como raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política. Todos pueden realizar este trámite. 

Sin embargo, que te aprueben un caso de asilo no es tan sencillo y varias fuentes coinciden en que más de la mitad de los casos terminan siendo denegados. Por ello, varios abogados cubanos radicados en Estados Unidos han recomendado preparar casos sólidos de asilo, una vez verificada la pertinencia de poder optar por esta alternativa de legalización en el país. 

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Pero, ¿cómo se prepara un buen caso de asilo? ¿Qué elementos hay que tener en cuenta? 

PREPARAR UN CASO DE ASILO

Vayamos al más evidente. Como este es un terreno nuevo para los migrantes cubanos, especialmente para los que ya se creían a salvo en EE. UU., es importante contratar al mejor abogado posible para que le lleve el caso. 

Desde la web oficial del abogado de inmigración Carl Shusterman señalan que “un buen defensor le ayudará a reunir pruebas que respalden su solicitud de asilo, investigará los casos de la BIA y del Tribunal Federal relacionados con su solicitud y le preparará para el interrogatorio directo y cruzado en el Tribunal”. 

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Eso sí, primeramente recomiendan a los clientes asegurarse de investigar las cualificaciones de su abogado, específicamente cuánta experiencia ha acumulado en casos de asilo. 

Otros dos consejos que da este especialista son que no se solicite asilo únicamente para obtener un permiso de trabajo y que “el lugar de residencia influye en las posibilidades de ganar el caso”.

No solicite asilo en EE. UU. a menos que haya sido perseguido o tenga «temores fundados de ser perseguido» en su país por motivos de (1) opinión política, (2) religión, (3) raza, (4) nacionalidad o (5) pertenencia a un grupo social determinado, señala.

Asimismo, asegura que aunque no se puede elegir el Juez de su caso, el lugar de residencia en Estados Unidos sí es algo a tener en cuenta. “En California, los jueces de inmigración conceden más del 40% de los casos de asilo que se les presentan”, se informa en el texto.

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Además, precisa que si apela una denegación de asilo ante los tribunales federales, las probabilidades de que se anule la denegación pueden ser mayores si vive en la costa oeste (Tribunal de Apelación del 9º Circuito) que en Georgia, Alabama o Florida (Tribunal de Apelación del 11º Circuito). 

Sin embargo, advierte: cambiar de residencia después de que el Juez de Inmigración tome una decisión no cambia el Tribunal de Apelación que tiene jurisdicción sobre su caso, por lo que es mejor mudarse cuanto antes.

 

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