¡Oficial! Importación de productos de primera necesidad a Cuba sin impuestos hasta marzo de 2024

Oficialmente, estos son los artículos que podrás llevar a Cuba libres de pago en 2024, al menos hasta marzo.

 

El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba ha publicado en la Gaceta Oficial de la República una normativa que facilita la importación de productos de primera necesidad por parte de los ciudadanos. En este artículo, todo lo que debes saber al respecto. 

Se trata de la Resolución 280 de 2023, que amplía y extiende el beneficio de importar, sin carácter comercial y sin pagar impuestos aduaneros, alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, tanto por la vía de pasajeros como por la de envíos.

Esta medida tiene su antecedente en la Resolución 309 de 2021, que fue dictada en julio de ese año como una respuesta a la situación sanitaria y económica que atravesaba el país. En esa ocasión, se autorizó a las personas naturales a importar sin límite de valor y exentos de aranceles estos productos por la vía del equipaje acompañado.

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Posteriormente, se fueron prorrogando y ampliando los plazos y las modalidades de importación. Así, la Resolución 133 de 2023 extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre pasado, e incluyó la vía del equipaje no acompañado, con un límite de 500 dólares o 50 kilogramos, así como los envíos por correo aéreo, marítimo o postal, con un límite de 200 dólares o 20 kilogramos.

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Finalmente, la Resolución 280 de 2023, que entró en vigor este 1 de enero, prorroga estos beneficios hasta el 31 de marzo de 2024. Aquí, te los delineamos:

  1. Se permite la importación de alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos sin límites de valor y sin pagar impuestos. Esto aplica para los pasajeros que traigan estos artículos como equipaje acompañado.
  1. Se autoriza la importación de los mismos artículos hasta un límite de 500 dólares o 50 kg, sin pagar impuestos. Esto aplica para los pasajeros que traigan estos artículos como equipaje no acompañado.
  1. Aumenta el límite de valor para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de 200 a 500 dólares. Los primeros 30 dólares del valor del envío están exentos de impuestos.
  1. Se permiten los envíos de alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos hasta un límite de 200 dólares o 20 kg, sin pagar impuestos. 
  1. Los beneficios mencionados en los puntos 1 y 2 aplican solo si los artículos se presentan en la aduana en bultos separados del resto de los productos.
  1. El beneficio mencionado en el punto 4 aplica solo si el contenido de los envíos incluye únicamente los artículos mencionados.
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Es importante destacar que esta medida es excepcional y temporal, y que no implica una modificación permanente del régimen aduanero vigente. 

 

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