En este artículo, te contaremos todo lo que debes saber sobre la solicitud de visados de familiares de ciudadanos de la Unión Europea en el Consulado General de España en La Habana.
Debes conocer que los familiares de los ciudadanos de la Unión Europea, de los Estados del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza tienen derecho a obtener un visado con carácter preferente y gratuito. Eso sí, siempre que acompañen al ciudadano de la Unión, o del Estado del EEE, o Suiza, o vayan a reunirse con él.
Asimismo, pueden solicitar este tipo de visado los familiares de ciudadanos británicos que sean beneficiarios del Acuerdo de Retirada entre la Unión Europea y el Reino Unido.
¿Quiénes pueden obtener un visado de familiar de ciudadano de la Unión?
- Cónyuge:
Siempre que no haya habido una declaración de nulidad o divorcio.
- Pareja de hecho registrada:
Registrada en un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o en Suiza.
Siempre que no se haya cancelado el registro.
- Hijos:
Hijos del ciudadano de la UE, de su cónyuge o de su pareja registrada.
Menores de 21 años o mayores de esa edad que estén a cargo o sean incapaces.
Siempre que no haya habido una declaración de nulidad o divorcio, o cancelación del registro en el caso de la pareja registrada.
- Ascendientes directos:
Padres y abuelos del ciudadano de la UE, de su cónyuge o de su pareja registrada.
Siempre que estén a cargo del ciudadano de la UE.
Siempre que no haya habido una declaración de nulidad o divorcio, o cancelación del registro en el caso de la pareja registrada.
- Otros familiares:
Familiares no incluidos en los apartados anteriores.
Que convivan en el país de origen del ciudadano de la UE.
Que estén a cargo del ciudadano de la UE.
- Casos excepcionales:
Otros familiares cuando, por motivos graves de salud o discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la UE se haga cargo de su cuidado personal.
- Pareja de hecho no registrada:
Se deberá demostrar la convivencia durante un mínimo de un año o que haya hijos en común.
Visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea: estancia y tarjeta de residencia.
Ten en cuenta que el visado de familiar de ciudadano de la Unión autoriza una estancia en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días). Asimismo, permite el tránsito territorial y aeroportuario.
Los familiares de ciudadanos de la Unión que deseen permanecer en España más allá de los 90 días, una vez en España, tendrán que solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante las autoridades competentes.
Documentos para solicitar el visado
Documentos generales:
- Formulario de solicitud de visado Schengen completado y firmado.
- Fotografía reciente tamaño pasaporte
- Pasaporte válido y en vigor
Documentos que prueben la relación de parentesco:
- Certificado de matrimonio (en caso de cónyuge).
- Certificado de nacimiento del hijo/a (en caso de hijos menores).
- Acta de pareja de hecho registrada (en caso de pareja de hecho).
- Cualquier otro documento que acredite la relación familiar (por ejemplo, certificado de adopción, certificado de tutela).
Documentos que prueben la cohabitación o intención de reunirse:
- Acta notarial de manifestaciones otorgada en los últimos 12 meses donde conste la voluntad del ciudadano de la UE de que sus familiares le acompañen o se reúnan con él.
- Reserva de billete aéreo de ida y vuelta (no obligatorio presentar billete de vuelta).
- Prueba de alojamiento (por ejemplo, reserva de hotel, carta de invitación de familiar o amigo).
- Prueba de medios económicos suficientes para cubrir los gastos durante la estancia en el espacio Schengen (por ejemplo, extractos bancarios, nóminas).
Documentos adicionales:
- Prueba de residencia en la demarcación consular:
- Ciudadanos cubanos: Documento de identidad vigente y fotocopia del mismo.
- Extranjeros residentes en Cuba: Permiso de residencia vigente y fotocopia del mismo.
- Seguro médico de viaje con cobertura mínima de 30.000 euros para todo el espacio Schengen.
- Tasa de visado correspondiente.
La presentación de la solicitud será en la Oficina Consular de La Habana, Palacio de Velasco, en los horarios habilitados a la atención al público. Antes, deberás solicitar una cita.
Cita para visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea en La Habana
Antes de poder pedir una cita, deberás registrarte primero en el sistema. Para ello, envíe un correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]
En dicho email, incluirás:
- Una foto suya nítida junto a su pasaporte internacional (los datos del mismo deben ser legibles).
- Prueba del vínculo familiar según cada caso: Libro familiar.
- Pasaporte vigente del reagrupante comunitario.
- Acta de manifestaciones, en caso de que el reagrupante no vaya a estar presente en la cita.
Cuando recibas el correo de confirmación con su usuario y clave de acceso, deberás elegir la fecha y hora de cita desde esta página. (En estos momentos, no hay fechas disponibles).
Según el Consulado de España en La Habana, el plazo legal para tomar una decisión sobre el visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea es de 15 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud, plazo que podrá ampliarse a 45 días naturales cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista. La Oficina Consular tramitará la solicitud con carácter preferente.