Según lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba a partir del 14 de enero del año 2013, quedó eliminado el Impuesto sobre documentos de trámites migratorios para Solicitudes de autorización de viaje (entrada y salida de Cuba) por razones personales.
En consecuencia, el actual Impuesto sobre documentos en Cuba es ahora de esta manera:
La Solicitud de Pasaporte Corriente tiene un costo de 100 pesos convertibles o valor equivalente en pesos no convertibles.
Existe una excepción de costos, en la que se paga el Impuesto de Pasaporte en pesos no convertibles solamente, y donde el precio del Pasaporte es de solo 100 pesos cubanos no convertibles. El pago de este valor de Impuesto correspondiente a dicha Solicitud relacionada con los trámites de viaje solo tiene lugar cuando se demanda la autorización a favor de personas naturales cubanas que realizarán un viaje oficial en nombre de un organismo, órgano, institución del estado, organización política, social o de masas.
Otros documentos también vinculados con trámites de viaje, que sí deben ser pagados en pesos convertibles, y quedan contenidos dentro del costo total que cada viaje ro debe pagar para poder realizar un viaje al exterior. Tal es el caso de los documentos siguientes:
La Solicitud de Residencia en el Extranjero tiene un costo de 150 pesos convertibles o valor equivalente en pesos no convertibles.
La Solicitud de Residencia en el Territorio Nacional para Emigrantes tiene un costo de 100 pesos convertibles o valor equivalente en pesos no convertibles.
Es importante que todos los cubanos emigrantes que precisen realizar cualquier tipo de trámites de viaje, incluidos los trámites de pasaporte legal, mientras se encuentran en Cuba, sepan que para ello deben remitirse a la Consultoría Jurídica Internacional, que es la instancia que se encarga de esto.