Cambios de CUPET para la contrataciĆ³n y continuidad del servicio de gas licuado

 

Autoridades de PetrĆ³leos de Cuba (CUPET) anuncian adecuaciones y cambios al Reglamento del Servicio de Gas Licuado en la isla, para la continuidad y contrataciĆ³n del mismo. Detalles de inmediato.

Atendiendo a los cambios en el uso eficiente de la energĆ­a y la optimizaciĆ³n de los combustibles en Cuba, se realizaron modificaciones en el Reglamento del servicio de Gas Licuado de PetrĆ³leo (GLP).

Estos ajustes responden a la actual situaciĆ³n social, en la que muchas personas salen del paĆ­s de manera temporal, afectando la titularidad de los contratos de gas en los hogares, segĆŗn la oficialidad, en un reporte del diario Tribuna de La Habana.Ā 

Mediante la ResoluciĆ³n No. 18/2025, aprobada por el Director General de CUPET, Edrey Rocha GonzĆ”lez, se establecieron nuevas normativas para garantizar la continuidad del servicio y definir el procedimiento a seguir en diferentes escenarios, como la ausencia prolongada del titular, cambios en la titularidad del contrato y cesiĆ³n de derechos en casos especĆ­ficos.

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Estas adecuaciones buscan asegurar que el suministro de GLP continĆŗe operando de manera eficiente, beneficiando a las familias cubanas y adaptĆ”ndose a las circunstancias actuales.

Si deseas conocer mĆ”s detalles sobre esta normativa y su aplicaciĆ³n, consulta el reglamento actualizado de CUPET.

Cambios de CUPET para la contrataciĆ³n del servicio de gas licuado

Como parte de los cambios de CUPET al Reglamento del Servicio de Gas Licuado de PetrĆ³leo (GLP) en Cuba, se establecieron nuevas normativas para regular la titularidad y continuidad del servicio en casos especĆ­ficos, como la ausencia del titular, cambios en el nĆŗcleo familiar o situaciones excepcionales.

Casos de Ausencia Temporal del Titular

  1. Si el titular del contrato se encuentra fuera del paĆ­s de manera temporal, el servicio podrĆ” mantenerse hasta por dos aƱos para los miembros del nĆŗcleo familiar. Pasado este tiempo, se deberĆ” formalizar un nuevo contrato con otro residente de la vivienda.
  2. En caso de desacuerdo entre los convivientes, la titularidad se otorgarĆ” en el siguiente orden de prioridad: cĆ³nyuge, hijos, hermanos, abuelos, padres, y otros familiares cercanos.
  3. Si el titular ha salido de manera permanente del paƭs, se realizarƔ un contrato provisional por hasta dos aƱos con otro residente de la vivienda, quien deberƔ aportar la Libreta de Abastecimiento.
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Casos Especiales

  1. Si el titular del contrato estĆ” recluido por sanciĆ³n penal o prisiĆ³n provisional y reside solo, su contrato pasarĆ” a estado inactivo hasta su liberaciĆ³n.
  2. Si el titular convive con otras personas, se otorgarĆ” un contrato provisional a quien quede al frente del hogar.
  3. De manera excepcional, el servicio podrĆ” mantenerse para una persona que, sin ser parte del nĆŗcleo familiar, se haga cargo de la vivienda.

Cambios de CUPET sobre el traslado del contrato de gas y cesiĆ³n de derechos.Ā 

  1. El contrato de venta liberada de gas licuado podrĆ” trasladarse a cualquier municipio del paĆ­s.
  2. Se mantendrƔ la entrega de gas dos veces al aƱo en aquellos lugares donde aplique esta modalidad.
  3. El titular que posea dos cilindros de 10 kg podrĆ” ceder el derecho a familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Esto generarĆ” un nuevo contrato a nombre del beneficiario.
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