Condiciones para la entrada a España: ¿cuántos euros debo acreditar?

¿Viajas a España por estos días o quieres hacerlo con visa de turismo o negocios? ¿Cuáles son las condiciones de entrada a España y cuántos euros debo acreditar por persona y días?

Los nacionales de terceros Estados que deseen visitar España por un periodo máximo de 90 días, dentro de un lapso de 180 días, por razones de turismo, negocios, visitas familiares, tratamiento médico, estudios, prácticas no laborales, voluntariado o actividades sin carácter lucrativo, deben cumplir con las condiciones establecidas en el Código de fronteras Schengen.

Requisitos de entrada a España. Monto en euros

  1. Acceso por puntos habilitados: Se debe ingresar al territorio español a través de los puestos fronterizos autorizados.
  2. Identificación válida: Es obligatorio presentar un pasaporte o documento de viaje en vigor, con una vigencia mínima de tres meses después de la fecha prevista de salida del espacio Schengen y emitido dentro de los diez años previos.
  3. Visado cuando sea necesario: Según la nacionalidad, algunos viajeros deberán contar con un visado de estancia válido, salvo que posean un permiso de residencia o visado de larga duración emitido por un Estado Schengen.
  4. Demostración de condiciones de la estancia: Es imprescindible justificar el propósito y las condiciones del viaje mediante documentación adecuada.
  5. Disponibilidad de medios económicos: Los viajeros deben probar que cuentan con recursos suficientes para financiar su estancia o demostrar la posibilidad de obtenerlos legalmente.

Documentos exigidos en frontera

  • Pasaporte válido y visado: Este último puede consultarse según nacionalidad en el Reglamento (UE) 2018/1806.
  • Prueba del propósito del viaje: Dependiendo del motivo del viaje, se pueden requerir documentos como billetes de retorno, reservas de hospedaje, cartas de invitación, matrículas en centros educativos o pruebas de participación en actividades programadas.
  • Acreditación económica: Para 2024, la cantidad mínima requerida es de 113 euros diarios por persona, con un mínimo total de 1.020 euros.
  • La acreditación puede realizarse mediante efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito con extractos bancarios o libretas actualizadas.

Según los servicios consulares del Gobierno de España, es fundamental presentar toda la documentación requerida en formato físico, ya que no se aceptan impresiones de extractos bancarios obtenidos por internet ni cartas de entidades bancarias.

Además, la carta de invitación únicamente acredita el hospedaje y no exime del cumplimiento de otros requisitos.

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