El Gobierno de Cuba, a través del Ministerio de Finanzas y Precios, aclaró las dudas de la población cubana residente en el exterior que generó el ordenamiento monetario y el artículo 28 de la Ley 113 del Sistema Tributario.
Por su importancia, compartimos la nota aclaratoria oficial del Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba respecto al tributo del 4% de los residentes cubanos permanentes con contratos en el exterior.
NOTA ACLARATORIA DEL MFP SOBRE IMPUESTO POR LA CONTRATACIÓN EN EL EXTERIOR
“La Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, que entró en vigor en el año 2013 estableció mediante su Artículo 28, que las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional, por los ingresos que perciban de contratos individuales de trabajo en el exterior, pagarán sobre el total de los mismos un cuatro por ciento (4 %), sin considerar deducción alguna, salvo los pagos de las comisiones que haya realizado a entidades cubanas a través de las cuales se contrató.
No se considera contratación individual en el exterior, a los efectos de este impuesto, la realizada al amparo de un convenio de colaboración, contrato de exportación de servicio u otro de similar naturaleza.
La modificación que el Decreto Ley 21 incorpora en la Ley Tributaria, está relacionado con la expresión en pesos cubanos del valor mínimo a liquidar por este tributo, que anteriormente se regulaba en veinte pesos convertibles (20.00 CUC) mensuales, y ahora se define en 500 pesos cubanos (500.00 CUP).
De conformidad con el principio de implementación paulatina del Sistema Tributario, que la propia Ley refrenda, hasta la fecha no se ha aplicado este tributo; sobre el que se trabaja en la creación de condiciones técnicas, organizativas y de gestión para su aplicación gradual, respecto a lo que llegado el momento se ofrecerán las explicaciones oportunas a la población.
En el año 2021 se aplicará este impuesto a los atletas residentes permanente en Cuba, contratados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley del Presupuesto del presente año. Se ratifica que como parte del Ordenamiento Monetario no se prevé la implementación de este tributo con carácter general”, concluyen.
Hace apenas tres días, Meisi Bolaños, Ministra de Finanzas y Precios de Cuba, se había referido en el programa televisivo Mesa Redonda al mencionado tributo, que aparece en ley desde el año 2013, aunque solamente se había aplicado especialmente a los deportistas contratados en el exterior. Luego se refirió a que todavía no estaban creadas las condiciones para aplicarlo de inmediato.
Esa ley existía y no se aplicaba por pura lógica , cuando lo hagan muchos cubanos dejarán de ser residentes en cuba y entrarán como turistas, no tiene sentido pagar un impuesto todos los meses al país dónde tú no trabajas ni te pagan nada, solo para entrar una vez al año o cada dos años y muchos solo vienen con esa frecuencia a su país. Es ilogico aplicar esa ley, para el país, va a perder más de lo q gana. Además de ser injusta para quien trabaja fuera por su propua cuenta.
Los cubanos con doble residencia tributan en el país donde trabajan y además de eso contribuyen con la economía cubana de manera directa, constante y sonante con el pago de los trámites de viajes tal vez los más caros del mundo, envío de remesas, recargas de telefonía móvil e internet, ahora con las recargas a las tarjetas mlc, las compras en las tiendas virtuales para ser entregadas en la isla y otra serie de aportes. Sería un exceso además forzar al cubano residente a la doble tributación.
Hola a todos y en especial a la señora ministra. q ahora los cubanos que nos hemos repatriados y que seguimos viviendo fuera y trabajando fuera obvio que no tiene nada que ver con nosotros?especialmente yo m fui de aquí por mis propios medios no por problemas políticos sino económicos como hacemos la mayoría y esta claro que en el país donde yo trabajo. Que m paga mi salario es donde yo tributo y pago mis impuestos de mi salario doy por hecho que no es mi caso q tengo q pagar aquí obviamente si tengo mis derechos como cubano a vivir en mi país el cual no m paga nada supongo que tampoco m podrían cobrar nada
Lo que quisiera saber y es la inquietud de muchos cubanos de aquí y en EE.UU es si quién residente en aquel país y q debe entrar cada 24 meses s Cubs, tendría q pagar este impuesto.