El Ministerio de Comercio Interior de Cuba avisó esta semana que por problemas de las materias primas se quedó sin papel para fabricar las llamadas “libretas de abastecimiento” y tendrán que asumir otra manera para vender los productos de la bodega hasta que esta situación se resuelva.
Según un comunicado en su perfil oficial de Facebook, la afectación ocupa a casi todas las provincias de manera total, solo en Pinar del Río, La Habana y Santiago de Cuba, la afectación es de manera parcial. Pero igualmente, presentan problemas de cara a la venta de productos en 2023.
“Debido a las limitaciones financieras en la industria que provocaron atrasos en la importación de materia prima para la fabricación de las libretas de abastecimientos del 2023, no ha permitido en varias provincias su entrega y confección oportuna”, dice su comunicado.
La situación deberá extenderse hasta entrado el mes de marzo, por ello, se utilizará la libreta de 2022 hasta que se resuelva la situación, al menos en enero y febrero hará falta anotar en la “libreta vieja” lo que se habría vendido por “la nueva”.
LIBRETA DE ABASTECIMIENTO EN CUBA PARA 2023
¿Cómo se hará? Explican que la anotación de los productos secos, cárnicos y leche de la canasta familiar normada, se realizará en la página 11, casilla derecha, “reflejando el nombre del producto en la columna cantidad y en la columna fecha la cantidad del producto que se recibe por el total de consumidores del núcleo”.
“En la página 19 se anotará el panmarcando la cantidad y la fecha por día. Sobre el caso del combustible se anotará en la misma hoja 2, aclarando el mes y año, de igual manera las dietas médicas, en su hoja correspondiente. Para el GLP se empleará como constancia del despacho el vale de venta que se emite que refleja la fecha de adquisición”, añaden.
Finalmente, ponen como fecha límite del uso de la “libreta vieja” el 30 de marzo, pero cuando se entreguen las nuevas habrá que actualizarlas manualmente con lo que ya se vendió en enero y febrero.
“Una vez entregadas las libretas a los consumidores para el 2023 se procederá por el establecimiento minorista a actualizar las anotaciones correspondientes al año en curso de las ventas realizadas anteriormente, proceso que debe concluir antes del 30 de marzo del 2023”, concluyen.