Ya se publicó en la Gaceta Oficial de Cuba, la resolución 130 de 2024, que recoge el permiso de que los cubanos desde ya puedan importar motores de barco o embarcaciones propias con más potencia. Detalles a continuación, según resolución y Ministro de Transporte.
Según la Gaceta, se deroga con ello una resolución de 2022 y se «autoriza a las personas naturales cubanas y extranjeras residentes permanentes en el territorio nacional, la importación, sin carácter comercial de motores marinos de hasta sesenta caballos de fuerza HP«.
El Ministro de Transporte de la isla, Eduardo Rodríguez Dávila aclaró lo siguiente en su perfil de Facebook:
«A partir de solicitudes de habitantes de comunidades costeras cubanas, dedicadas tradicionalmente a la pesca, se decidió incrementar la potencia de los motores a importar por personas naturales hasta 60 caballos de fuerza (HP), con el objetivo de garantizar la seguridad de la navegación, la vida humana en el mar y el mejoramiento de las embarcaciones que se utilizan en la actividad de pesca comercial no estatal», detalló.
Añadió que tras su publicación, en la edición extraordinaria número 41 de la Gaceta Oficial de la República, ha entrado en vigor, la resolución de los ministerios del Transporte y de Finanzas y Precios que establece los requisitos y procedimientos para el proceso de importación de los citados motores.
«Se mantiene la obligatoriedad de obtener el permiso a través de las Capitanías de Puerto donde se encuentre inscripta la embarcación», precisa.
Cubanos pueden comprar motores de barco con más potencia
Una de las medidas más aplaudidas, aprobadas en la reciente sesión parlamentaria, es que los cubanos puedan construir barcos y registrarlos a su nombre, siempre que se cumplan los requisitos. Además de poder importar motores de barcos con más potencia.
Detalles en la Gaceta al respecto, de interés para probables importadores de motores de barco con más potencia.
Se aplicará una tarifa arancelaria para el pago del Impuesto Aduanero, por la importación de motores marinos por la vía de equipaje acompañado y no acompañado, de la forma siguiente:
a) Del treinta por ciento (30 %) para los motores de hasta 10 Hp.
b) Del diez por ciento (10 %) para los motores de más de 10 Hp y hasta 40 Hp.
c) Del cinco por ciento (5 %) para los motores de más de 40 Hp y hasta 60 Hp.
Se mantendrá para los envíos la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30.00 USD del valor.
Y a los efectos de la importación y el pago del Impuesto Aduanero, los motores marinos no forman parte del valor de importación autorizado a los viajeros y personas
naturales.
Hoja la hagas mal y te undas en el medio del mar 🌊
Saca pasaporte y será mejor para todo el mundo
Que bueno para ver si hago una lancha y me llevo a toda la familia, de seguro todos aran lo mismo, estamos obligados a irnos para otros lugares porque ya aquí la miseria es incontrolable uufff. Si me pongo a sacar cuenta lo que gasto diario en comida y otras necesidades ya sería millonario