Información de Embajada de Jamaica en Cuba sobre solicitudes de ciudadanías

La Embajada de Jamaica en La Habana informó a través de sus canales oficiales, información de importancia sobre el proceso de solicitudes de ciudadanías en sus sedes, ya fuera por descendia o matrimonio con ciudadanos jamaicanos. Te mostramos a continuación en detalles.

“La Embajada de Jamaica en Cuba informa que, con efecto inmediato, esta Embajada NO ACEPTARÁ más solicitudes de CIUDADANÍAS por Descendencia o Matrimonio. Las personas interesadas deberán solicitarla directamente en la Agencia de Pasaportes, Inmigración y Ciudadanía (PICA) de Jamaica. Por favor, visite el sitio web de PICA, www.pica.gov.jm, para conocer los requisitos”, explican en una nota oficial en su sitio web.

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¿Qué beneficios tiene la ciudadanía jamaicana, según su gobierno? Al convertirse en ciudadano de Jamaica, hay tres beneficios relevantes para ellos: adquirir un pasaporte jamaiquino, votar en las elecciones generales y de gobierno local y recibir beneficios sociales y obtener acceso a programas gubernamentales. Para cualquier cubano, también es otra vía para emigrar de la isla, en medio de una crisis social de grandes dimensiones.

EMBAJADA DE JAMAICA EN CUBA

Otras son la exención de tarifas internacionales en las principales universidades de Jamaica, franquicia libre de impuestos en la aduana y en el aeropuerto, derecho a la libertad de expresión y registrar al cónyuge no jamaicano como ciudadano de Jamaica.

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Requisitos para ciudadanía por Matrimonio. Un extranjero es elegible para presentar una solicitud de ciudadanía en virtud del matrimonio si está casado con un ciudadano de Jamaica.

Algunos documentos importantes para aportar: Acta de matrimonio oficial

  • Acta de nacimiento oficial del esposo y la esposa/Certificado de ciudadanía jamaicana
  • Pasaporte actual del esposo y la esposa
  • Decreto absoluto (cuando corresponda)
  • Certificado policial del país de última residencia (anterior a Jamaica)
  • Documento oficial de cambio de nombre: tribunal Orden, Escritura de Sondeos registrados a través de la corte o la oficina de registros del País, etc. (cuando corresponda)
  • Dos fotografías tamaño pasaporte del solicitante certificadas por un Juez de Paz, Notario Público, Comisionado de Juramentos u Oficial Consular. Se debe incluir el nombre del solicitante junto con el nombre, número y firma del certificador y la fecha de certificación no mayor a 6 meses). Sin sello en relieve.
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