Desde ayer estamos adelantando en nuestra web, qué temas de interés público se debatirán en el Parlamento Cubano a propósito de la nueva Ley de Migración y Extranjería, entre ellos está, quién no pueden salir ni entrar a Cuba. Los regulados.
Por ejemplo, a debate estarán nuevas disposiciones sobre el uso del pasaporte cubano, con modificaciones y ampliaciones en su duración. Se anunciaron estos cambios en el pasaporte cubano y su uso para ciudadanos dentro y fuera de la isla, que se enmarcan en la nueva Ley de Migración que se analizará muy pronto en el Parlamento.
¿Algunos de los cambios específicos que se esperan se incluyan? Pues la eliminación del límite de 24 meses para que los ciudadanos cubanos permanezcan en el extranjero y la extensión de la validez del pasaporte cubano a 10 años para mayores de 16 años y a 5 años para menores. Y por supuesto, la eliminación de la conocida prórroga cada dos años.
Recordamos que esta nueva Ley de Migración y los cambios al pasaporte aún se encuentran en fase de análisis. Se espera que sean aprobados por el Parlamento en los próximos meses, pero los ciudadanos pueden dejar sus consideraciones a través de este correo electrónico: [email protected] y [email protected]. Teléfono: 18808.
Quién puede salir y entrar a Cuba con esta nueva Ley de Migración
A propósito de la nueva Ley de Migración, existe un intenso debate, sobre la disposición en la nueva Ley de Migración, de quién puede salir y entrar a Cuba tras la aprobación de la misma. Los llamados «regulados» pueden ser varios, dentro de una figura ambigua que se conoce como «personas de interés público». Aquí cabe cualquiera.
«Se acaba de presentar un proyecto de Ley Migratoria donde se oficializa el destierro de ciudadanos cubanos y la prohibición de salida del país para aquellos de “interés público”… términos inexactos», detalló en la red social X, el activista Magdiel Jorge.
Hay algunos puntos que son coherentes, para prohibir la entrada a Cuba, como: antecedentes relacionados con actividades terroristas, trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, narcotráfico, lavado de activos, tenencia o portación ilegal de armas.
También estarían prohibidos, para la entrada a Cuba, aquellos con actos lesivos contra la humanidad, la dignidad y la salud colectiva. O aquel que organice, estimule o participe en acciones hostiles contra el estado cubano. Esto último, quedando a la interpretación del oficial de Migración, es un arma de doble filo.
La interpretación de los criterios de inadmisión puede ser un tanto subjetiva. Esto significa que las autoridades migratorias podrían tener cierta discreción para determinar si una persona es inadmisible o no.
En algunos casos, se pueden hacer excepciones a las reglas de inadmisión. Esto aplica si existen razones humanitarias, de interés público o si las instituciones estatales así lo consideran.
¿Quiénes no pueden salir de Cuba?
En cuanto a las salidas del país por ciudadanos cubanos, también hay vacíos que quedan a la subjetividad de las autoridades de la isla. ¿Quiénes pueden estar regulados? Serían estos.
- Estar sujeto a proceso penal o de cualquier otra materia, siempre que las autoridades hayan dispuesto la medida cautelar de prohibición del territorio nacional.
- Tener pendiente el cumplimiento de una sanción penal en la que la prohibición de salida del país sea una sanción accesoria.
- Encontrarse sujeto a las prestaciones del Servicio Militar Obligatorio.
- Cuando razones de Seguridad y Defensa Nacional así lo aconsejen.
- Tengan obligaciones con el estado cubano o responsabilidad civil, siempre que hayan sido dispuestas por las autoridades correspondientes.
- Carecer de la autorización establecida, en virtud de las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país.
- Carecer de la autorización establecida, pero en virtud de preservar la seguridad y protección de la información oficial.
- Los menores de edad con falta de autorización de los padres.
- Cuando por otras razones de interés público lo determinen las autoridades facultadas.
- Incumpla lo estipulado en la Ley de Migración, la Ley de Extranjería y sus respectivos reglamentos.
El punto número 9 ha desatado la polémica, pues cabe cualquiera, desde un bodeguero hasta un exmilitar de las Fuerzas Armadas. ¿Qué opinan?
Esa ley es una muestra de lo que todos sabemos: somos propiedad de la dictadura cubana. Lo más brutal a mi juicio es la facultad del presidente y del ministro del interior de quitarle la ciudadanía a quienes ellos entiendan. En fin, Cuba es una pesadilla.
Somos presos en nuestro país. Es injusto no ser dueños de nuestra vida y no poder decidir.
Antes que falleciera Fidel Castro era Así, prácticamente nada podías salir de Cuba Marítima. Raul Castro fue el que flexibilizo las leyes,parece que se dieron cuenta que están perdiendo mitad de la niñez y la juventud y volveremos a ser una Isla Cárcel y no se acaban de convencer que .Cuando un Pueblo Emigra simplemente. SOBRA EL PRESIDENTE.
Sigan restringiendo en eso son muy bueno, para que siga creciendo el odio del pueblo hacia el maldito gobierno de Cuba. La gente se va a ir como quiera aunque pierdan la vida…..
Gracias por decir la verdad.
Pero por fin, el Servicio Militar es Obligatorio? La dictadura habia dicho que no en las Naciones Unidas…
La verdad no estoy entendiendo nada. Que yo tenga que pagar por mi identidad de ser cubano y encima de eso tener la incertidumbre de saber si a alguien le parece si entras o no a tu patria dónde naciste. Y perder un boleto de avión cómo está la situación económica a nivel mundial. La verdad insólito.
Así es. Están «entreteniendo» a la población cubana.
Con leyes, como esa, NO se alimenta el vientre de los cubanos, ni se mejoran sus libertades
Que esto es establecer oficialmente una prisión como lo fuera Alcatraz en su momento. No los soporto más. Debieran dar más posibilidades a los cubanos y acelerar el parole pues cuando eso se apruebe no nos vamos a poder ir de Cuba.
Restricciones ahora, después que se ha ido media Cuba, que ridículos son