Registro de ciclomotores y motos eléctricas en Cuba a partir de este 7 de junio

La tercera etapa del registro de ciclomotores y motos eléctricas en Cuba por personas naturales comenzará en toda la isla a partir de este lunes, 7 de junio, según reportan medios oficiales. 

Todo ello luego de que debido al impacto de la crisis sanitaria en el país se debiera aplazar el mismo en varias ocasiones. Según este reporte, los dueños de estos medios podrán personarse en la Unidad de Trámites que atiende el Registro de Vehículos del municipio donde reside hasta el 30 de diciembre del 2022. 

El coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito de la isla señaló además que retomar esta inscripción viene impulsado por la necesidad de incrementar el orden y control de la circulación vehicular.  

Añade que esto también es una garantía legal para los dueños de estos vehículos, pues una vez inscritos cuentan con el respaldo jurídico. Se calcula que entre importados y vendidos de manera estatal en la isla, haya más de 300 mil tipo de estos vehículos circulando en el país. 

Más de un tercio de ellos estaría en la capital cubana. Dicen que cada territorio diseñará su cronograma de acuerdo con las características o condiciones específicas porque las condiciones sanitarias no han desaparecido y son diferentes en cada provincia. 

Ríos Labrada detalla que deben inscribirse todas las motocicletas y ciclomotores eléctricos, aunque en apariencia estos asemejen a una bicicleta. También los vehículos de tres y cuatro ruedas, incluidos los que se les adaptó la doble rueda trasera.

El oficial aclaró que quedarán fuera de este proceso las carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete y los Segway, pero estos solos deberán circular por zonas de recreación o en vías destinadas a ello. No pueden usarse en calzadas, avenidas o calles. 

Tampoco se registrarán las sillas de ruedas eléctricas, ya que se consideran medios auxiliares de las personas discapacitadas, ni las bicicletas con pedal asistido, aquellas equipadas con un motor eléctrico de una potencia de hasta 350 watts, que pueden alcanzar una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Esas son las que por regla no cuentan con acelerador y tienen el basamento legal de las bicicletas normales. 

Se aclaró que las motocicletas de más de 60 cc (centímetros cúbicos) todavía no tienen definido su tratamiento. Por el momento podrán seguir circulando sin registro. 

Para la inscripción, el poseedor del ciclomotor o la moto eléctrica debe ser mayor de 18 años de edad. También si se encontrara fuera del país, hospitalizado o incapacitado y no puede ir a la Unidad de Trámites, lo puede hacer otra persona con los documentos legales y un poder notarial. Además se deberá llevar 45 pesos en sellos de timbre (40 por la inscripción inicial, que incluye la licencia de circulación y chapa de identificación) y cinco por la pegatina. 

 

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