¿Cómo se pagará el salario en Cuba este feriado Viernes Santo, 29 de marzo? El Viernes Santo en Cuba se considera un día festivo regular a efectos laborales y los trabajadores que no laboren ese día recibirán el salario básico. Las excepciones a este pago son las mismas que para cualquier otro día festivo. Te detallamos a continuación.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante la Resolución 6/2024, dispuso que el próximo viernes 29 de marzo, Viernes Santo, se aplicarán las mismas medidas que para un día festivo regular. Esta Resolución se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 11 del 27 de marzo, según medios oficiales.
En este sentido, los empleadores de las entidades y actividades que no operen ese día deberán pagar a sus trabajadores el salario básico.
Sin embargo, esto no aplica si el Viernes Santo coincide con el descanso semanal del trabajador, con sus vacaciones anuales pagadas, con la garantía salarial, con una licencia no retribuida o con un subsidio de seguridad social.
Por otro lado, los trabajadores que sí deban trabajar el Viernes Santo recibirán su salario de acuerdo a las formas y sistemas de pago habituales de su empresa.
Salario Viernes Santo en Cuba
De acuerdo a medios estatales, el receso laboral y el pago total del salario durante el Viernes Santo están establecidos por ley en el Código de Trabajo de la República de Cuba. El Artículo 100 del Código de Trabajo declara el Viernes Santo de cada año como un día de «receso laboral». Adicionalmente, la ley exige que este sea un feriado con pago total del salario.
En otras naciones del mundo la “Semana Santa”, es prácticamente feriada por completo, por ejemplo, en España, donde las procesiones toman las calles de todas las ciudades del país ibérico, tan ligado culturalmente con Cuba.
El receso laboral por “Viernes Santo” en Cuba es una medida que se adoptó en el año 2012, cuando el papa Benedicto XVI visitó la isla y solicitó al gobierno que se reconociera este día como festivo.
Para la leche que da la vaca…