El Banco Central de Cuba emite nueva resoluciĆ³n para la gestiĆ³n y control de cuentas bancarias para entidades no estatales

El Banco Central de Cuba (BCC) ha dado a conocer la ResoluciĆ³n 89 del 2024, publicada en la Gaceta Oficial No. 78, la cual establece un nuevo conjunto de normativas para la creaciĆ³n y gestiĆ³n de cuentas bancarias para micro, pequeƱas y medianas empresas (Mipymes) y cooperativas no agropecuarias privadas (CNA).

Conforme a esta resoluciĆ³n, los socios fundadores de las Mipymes y CNA deberĆ”n realizar sus aportaciones iniciales en pesos cubanos (CUP) a travĆ©s de instituciones financieras autorizadas por el BCC.

Los bancos tendrĆ”n un plazo de cinco dĆ­as hĆ”biles para abrir una cuenta de depĆ³sito a la vista, donde se ingresarĆ”n estos fondos, lo que constituye el primer paso para la constituciĆ³n formal de la entidad. Sin embargo, la normativa no especifica un monto mĆ­nimo para estas cuentas bancarias.

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Para abrir esta cuenta, se deberĆ” presentar la autorizaciĆ³n de creaciĆ³n de la entidad, junto con los datos personales de los socios fundadores y la cantidad aportada por cada uno. Tras la formalizaciĆ³n de la entidad, los fondos se transferirĆ”n a una cuenta corriente en la misma sucursal bancaria.

Estas cuentas de depĆ³sito a la vista no generarĆ”n intereses y estĆ”n diseƱadas exclusivamente para acreditar las aportaciones iniciales, aunque el banco cobrarĆ” una comisiĆ³n por los Ā«gastos operacionalesĀ».

AdemĆ”s de la cuenta corriente, las Mipymes y cooperativas podrĆ”n operar con otros tipos de cuentas, como cuentas de gastos, depĆ³sitos a plazo fijo, cuentas de ingresos y cuentas asociadas a tarjetas magnĆ©ticas. TambiĆ©n se permitirĆ” la apertura de cuentas plica, que funcionarĆ”n como garantĆ­a para el pago de deudas contraĆ­das por la entidad.

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Por otro lado, la ResoluciĆ³n 90/2024 regula el otorgamiento de crĆ©ditos en pesos cubanos para capital de trabajo e inversiones.

PresentaciĆ³n de la solicitud

Los interesados deberƔn presentar su solicitud de crƩdito en la sucursal bancaria donde operen sus cuentas corrientes, acompaƱada de un expediente que incluya el diseƱo financiero, un modelo de solicitud que demuestre la viabilidad del negocio y las garantƭas ofrecidas.

Las instituciones financieras realizarĆ”n un anĆ”lisis de riesgo exhaustivo antes de otorgar los crĆ©ditos, evaluando factores como la actividad econĆ³mica del solicitante, el monto y el objeto del financiamiento, la viabilidad del negocio y las garantĆ­as propuestas.

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Los crĆ©ditos aprobados se formalizarĆ”n mediante un contrato y se pondrĆ”n a disposiciĆ³n del prestatario a travĆ©s de instrumentos de pago o acreditaciones en cuenta.

En caso de incumplimiento en los pagos, se aplicarƔn recargos por mora, y si el incumplimiento persiste, las instituciones financieras tomarƔn medidas legales. AdemƔs, los bancos realizarƔn un seguimiento continuo de los crƩditos otorgados para asegurar que los fondos se utilicen de acuerdo con lo aprobado y que los compromisos de pago se cumplan.

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