En las Ășltimas semanas en Cuba se ha desatado una verdadera cruzada contra los revendedores y coleros, sobre todo despuĂ©s de los continuos llamados del presidente Miguel DĂaz Canel, y en medio de la aguda crisis econĂłmica que afecta al paĂs.
SegĂșn ha publicado el diario Granma de marzo a la fecha, pero sobre todo en las Ășltimas semanas, han sido procesados unos 1 285Â coleros, por delitos asociados con actividad econĂłmica ilĂcita, desobediencia, acaparamiento y la propagaciĂłn de epidemias.
El foco rojo de ese fenĂłmeno segĂșn el Granma se encuentra en la capital del paĂs, donde de un total de 1 367 acciones de enfrentamiento, el 85% se concentrĂł en los municipios Playa, Plaza, Diez de Octubre, Centro Habana, Habana Vieja, Boyeros y San Miguel del PadrĂłn.Â
âVarios son los modus operandi de los denominados coleros. Algunos aguardan la hora del cierre de las tiendas en parques, portales y lugares cercanos. Sobre las 6 de la tarde, se comienzan a sacar libretas y repartir los turnos. Quien apunta monopoliza los 10 primeros lugares en la cola; el resto se reparten en orden de llegada, si bien suelen concentrarse en pocas personas los 100 primeros tickets que los dependientes de la tienda entregarĂĄn en la mañana siguiente para la compra de los productosâ, segĂșn indica el Ministerio del Interior en su pĂĄgina web.
SegĂșn el presidente de la sala de lo penal del Tribunal Supremo Popular, Magistrado Otto Molina RodrĂguez, las conductas delictivas en las que incurren los denominados âcolerosâ estĂĄn sancionadas en el CĂłdigo Penal, y son delitos que propician el desabastecimiento de los comercios y provocan una alteraciĂłn en la correcta distribuciĂłn de los productos, situaciones que impiden el acceso a productos necesarios para el pueblo.
En especial, recordĂł que el artĂculo 228.1 del CĂłdigo establece penas que van desde los 3 meses hasta 1 año de privaciĂłn de libertad; con multas de 100 a 300 cuotas, para quienes realicen actividades de producciĂłn, transformaciĂłn, venta de mercancĂa o prestaciĂłn de un servicio sin la debida licencia y con ĂĄnimo de lucro.Â
âEn el caso de que la persona haya adquirido los productos, pero su propĂłsito sea revenderlo, estarĂa incurriendo en el delito de especulaciĂłn previsto en el artĂculo 230 inciso a, del CĂłdigo Penalâ, publica Granma.
SegĂșn publica la pĂĄgina web del Ministerio del Interior, del total de los coleros que han recibido sancionados, 453 habĂan sido apercibidos, 634 fueron multados, mientras que 280 estuvieron acusados por los delitos de Actividad EconĂłmica IlĂcita, Desobediencia, Acaparamiento y PropagaciĂłn de Epidemias.
âEl pueblo es el mayor afectado con el actuar oportunista de estas personas, por lo que corresponde a la mayorĂa impedir que unos pocos acaparen lo que nos corresponde a todos. Dicho problema estĂĄ lejos de llegar a feliz tĂ©rmino, si bien se continuarĂĄ enfrentando por las autoridades cubanas, con el apoyo decisivo de la poblaciĂłnâ, concluye la publicaciĂłn.