En las últimas semanas en Cuba se ha desatado una verdadera cruzada contra los revendedores y coleros, sobre todo después de los continuos llamados del presidente Miguel Díaz Canel, y en medio de la aguda crisis económica que afecta al país.
Según ha publicado el diario Granma de marzo a la fecha, pero sobre todo en las últimas semanas, han sido procesados unos 1 285 coleros, por delitos asociados con actividad económica ilícita, desobediencia, acaparamiento y la propagación de epidemias.
El foco rojo de ese fenómeno según el Granma se encuentra en la capital del país, donde de un total de 1 367 acciones de enfrentamiento, el 85% se concentró en los municipios Playa, Plaza, Diez de Octubre, Centro Habana, Habana Vieja, Boyeros y San Miguel del Padrón.
“Varios son los modus operandi de los denominados coleros. Algunos aguardan la hora del cierre de las tiendas en parques, portales y lugares cercanos. Sobre las 6 de la tarde, se comienzan a sacar libretas y repartir los turnos. Quien apunta monopoliza los 10 primeros lugares en la cola; el resto se reparten en orden de llegada, si bien suelen concentrarse en pocas personas los 100 primeros tickets que los dependientes de la tienda entregarán en la mañana siguiente para la compra de los productos”, según indica el Ministerio del Interior en su página web.
Según el presidente de la sala de lo penal del Tribunal Supremo Popular, Magistrado Otto Molina Rodríguez, las conductas delictivas en las que incurren los denominados “coleros” están sancionadas en el Código Penal, y son delitos que propician el desabastecimiento de los comercios y provocan una alteración en la correcta distribución de los productos, situaciones que impiden el acceso a productos necesarios para el pueblo.
En especial, recordó que el artículo 228.1 del Código establece penas que van desde los 3 meses hasta 1 año de privación de libertad; con multas de 100 a 300 cuotas, para quienes realicen actividades de producción, transformación, venta de mercancía o prestación de un servicio sin la debida licencia y con ánimo de lucro.
“En el caso de que la persona haya adquirido los productos, pero su propósito sea revenderlo, estaría incurriendo en el delito de especulación previsto en el artículo 230 inciso a, del Código Penal”, publica Granma.
Según publica la página web del Ministerio del Interior, del total de los coleros que han recibido sancionados, 453 habían sido apercibidos, 634 fueron multados, mientras que 280 estuvieron acusados por los delitos de Actividad Económica Ilícita, Desobediencia, Acaparamiento y Propagación de Epidemias.
“El pueblo es el mayor afectado con el actuar oportunista de estas personas, por lo que corresponde a la mayoría impedir que unos pocos acaparen lo que nos corresponde a todos. Dicho problema está lejos de llegar a feliz término, si bien se continuará enfrentando por las autoridades cubanas, con el apoyo decisivo de la población”, concluye la publicación.