Nueva resolución publicada en la Gaceta Oficial afecta a los herederos en Cuba: deberán asumir resarcimientos

La Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 124 de 2024 ha publicado el Decreto-Ley 86/2024, que regula el funcionamiento de la Caja de Resarcimientos.

La Caja de Resarcimientos es una entidad pública adscrita al Ministerio de Justicia que tiene como misión garantizar la reparación de daños y perjuicios económicos derivados de actos delictivos. Su operación se basa en principios de autofinanciamiento y descentralización, permitiendo una gestión más eficiente de los pagos a las víctimas.

Junto con la Resolución 438/2024 del Ministerio de Justicia, este decreto establece nuevas disposiciones para la reparación económica a las víctimas de delitos, resaltando la responsabilidad de los herederos legales en caso de fallecimiento de los sancionados.

Entre las nuevas disposiciones publicadas en la Gaceta se destaca que, si el sancionado fallece, sus herederos legales serán responsables de saldar las deudas pendientes relacionadas con la reparación de daños. Esto busca garantizar que las víctimas no queden desprotegidas y que se cumpla lo establecido en las resoluciones judiciales firmes.

LEA TAMBIÉN:  Cuba: Gaceta Oficial establece nueva actividad vedada por 5 años

Derechos y deberes de los herederos

  • Herederos del sancionado: En caso de fallecimiento del deudor, los herederos deberán asumir la deuda hasta el valor del patrimonio heredado. Además, si no cumplen con los plazos establecidos, se les aplicará un recargo inicial del 10% sobre el monto adeudado y un 2% adicional por cada incumplimiento en los pagos fraccionados.
  • Herederos de la víctima: Si la víctima fallece, sus herederos podrán reclamar los pagos correspondientes previa presentación de documentación que los acredite como legítimos sucesores.
LEA TAMBIÉN:  Desde hoy, millones de beneficiarios del Seguro Social recibirán $1,900 dólares: Descubre si estás en la lista

Medidas contra el incumplimiento

En caso de que el deudor o sus herederos incumplan con las obligaciones de pago, la Caja tiene facultades para:

  1. Imponer recargos: Un 10% inicial y un 2% adicional por plazos vencidos.
  2. Embargo de bienes y salarios: La Caja puede embargar bienes, derechos patrimoniales o salarios del sancionado. Las entidades responsables de los embargos tienen un plazo máximo de 5 días hábiles para remitir los montos retenidos.
  3. Utilizar fondos propios: En casos de insolvencia comprobada del sancionado, la Caja podrá asumir los pagos a las víctimas si dispone de recursos suficientes.

Prioridad en los pagos

En situaciones de recursos limitados, la Caja priorizará:

  • El pago de pensiones vencidas.
  • Las deudas de víctimas en situación de extrema necesidad.
LEA TAMBIÉN:  Cheque de estímulo de $1,750 dólares: Fecha de la entrega y quiénes se benefician

Sostenibilidad y fuentes de financiamiento

La Caja opera con ingresos provenientes de multas judiciales, bienes decomisados, recargos por mora y otros pagos obligatorios. Sin embargo, varias dependencias provinciales han presentado problemas de liquidez, dificultando su capacidad para cumplir con todas las obligaciones pendientes.

Un paso hacia el perfeccionamiento legal

El nuevo marco legal refuerza la importancia de la responsabilidad civil derivada de los delitos, asegurando una mayor protección a las víctimas. A su vez, establece mecanismos claros para garantizar que las obligaciones económicas se cumplan, incluso en casos de fallecimiento del deudor.

Con estas disposiciones, el gobierno cubano busca mejorar la efectividad del sistema de justicia penal y garantizar un acceso más equitativo a la reparación de daños en un contexto socioeconómico complejo.

Video thumbnail

18 comentarios en «Nueva resolución publicada en la Gaceta Oficial afecta a los herederos en Cuba: deberán asumir resarcimientos»

  1. esto es lo mas injusto entre tanto injusto.para pagar siempre buscan quien lo haga.pero yo soy hijo de mi padre quien gano su lugar en la historia y todo lo que nunca le pagaron ni le dieron a mi como su hijo nunca me dieron lo que le deben a el.como me van a cobrar lo que el debe en caso de deber.si no soy yo quien creo la deuda

    Responder
  2. La ley ó resolución como medida está siendo justa en parte al devolver recursos materiales ó pago a las víctimas , por otro lado veo injusto se pase el pago del embargo a herederos directos ó indirectos pues en Cuba muchos no cuentan con recursos ó bienes para suplir las pérdidas de las víctimas las cuales son afectadas por personas que no cuentan con bienes propios en gran mayoría .Si bien es cierto que pedimos justicia cuando ocurren violaciones ó delitos que afectan a ciudadanos comunes ,también sugiero no sigamos copiando de otros paises y se adapten medidas que se correspondan con nuestro contexto ,cultura ,economía etc …

    Responder
  3. está muy bueno yo alcanse a ver que chóferes borrachos se metían contra casas y nunca respondieron por los daños. si no tiene dinero. pues que alguien le exijan a que paguen…EL DISSIPLINADO Y CORRECTO. NO NOS PREOCUPAMOS. el irresponsable que se c. en su m…gracias.

    Responder
  4. cada día que pasa el poder judicial en Cuba se parece más al poder judicial que genera el neoliberalismo: todo el dinero va a parar a unas pocas manos siempre y la Ley lo respalda.

    Responder
  5. Bueno y quién o quiénes aprobaron esa ley, cuando se discutió con el pueblo para saber si está de acuerdo o no, por qué a mí parecer eso es una locura.

    Responder
  6. La verdad eso es una ley sin sentido como un familiar que no cometió ningún delito va a pagar por otro q falleció. Y el estado que asume que les pague de todo lo q decomisan y roban.

    Responder
  7. Buenos días interpreto que los herederos de una sancionado deben continuar resarciendo los daños provocados a la víctima, mi pregunta que tienen que ver lo herederos con el delito que cometió el sancionado.

    Responder
  8. Con esto el estado busca quedarse con los bienes del fallecido, o sea, el heredero recibira la herencia despues que haya pagado la deuda del fallecido…si queda algo.

    Responder
  9. No veo nada nuevo.
    Estás medidas están en las leyes cubanas, como otras no se hacen cumplir y los resultados trae indisplinas, desorden total y descontento en la población cubana.

    Responder
  10. Qué gracioso!
    «la Caja podrá asumir los pagos a las víctimas si dispone de recursos suficientes». Eso será nunca.
    Para qué sirve entonces? Leyes y más leyes, jijiji

    Responder
  11. buenos dias me quieren decir que culpa tiene el familiar de l deudor porque tiene que asumir deuda eso es igual que castigar al padre por el hijo tu no quieres que tu hijo salga delincuente y salio por tanto que pague el que lo cometió las deudas no se heredan a no ser que el fallecido en vida la delegue con el concentimiento de la persona que quede a su abrigo espero hallan entendido

    Responder
    • si la persona q comete el delito tiene vienes q pague de esos viene y si muere q,se siga el pago dexesos viene creo justo para todos ya,q su no muere pagará de esos vienes lo veo justo para todos y el problema q aquí todo lo q hace el estado cubano

      Responder

Deja un comentario