El gobierno cubano permitirá que otras entidades o personas ajenas a Correos de Cuba presten servicios postales tanto dentro como hacia el exterior del país. Un nuevo cuerpo legal regula el control aduanero de los envíos postales que entran, transitan o salen del país.
Según el Decreto-Ley 30 de los Servicios Postales, publicado este martes en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 39, se reconoce al Grupo Empresarial Correos de Cuba como operador designado para ofrecer el Servicio Postal Universal (SPU), pero además se aprueba la existencia de otros operadores postales y la reglamentación de las licencias para los servicios no básicos y suplementarios.
“El operador postal es la persona natural o jurídica que previo otorgamiento de la correspondiente licencia de operación, puede prestar servicios postales no básicos y suplementarios”, indica el cuerpo legal. Acto seguido reconoce que entre esos servicios autorizados figuran “la mensajería rápida, los envíos postales de más de veinte (20) kilogramos y el comercio electrónico”, así como aquellos que requieran “mayor seguridad, rapidez, información, control u otra característica adicional a los envíos postales, como son el servicio de certificación y el valor declarado”.
Requisitos
“Los agentes transitarios interesados deberán cumplir con lo establecido en el presente Decreto-Ley y solicitar la correspondiente licencia de operadores postales”, reconoce el decreto.
El Operador Designado deberá contar con las facilidades de infraestructura y logística que posibiliten la prestación del servicio en los diferentes puntos urbanos y rurales. También tendrán que respetar los plazos de entrega establecidos, y nunca podrán negarse a admitir las encomiendas postales que reúnan los requisitos establecidos. Igualmente se deberán regir por los siguientes principios:
- Accesibilidad: la existencia de puntos de admisión y entrega con los niveles de cobertura poblacional y geográfica aprobados
- asequibilidad: las tarifas de los servicios básicos deben estar fijadas de acuerdo con los costos incurridos en su prestación con un margen de utilidad; que sean asequibles a toda la población y de ser necesario, diferenciar las tarifas fijadas a las personas naturales de las jurídicas
- continuidad: se mantiene la prestación de los servicios, excepto por causas de fuerza mayor o caso fortuito que lo imposibiliten de forma parcial o total, previa solicitud de autorización o información al Ministerio de Comunicaciones, según corresponda
- equidad: se prestan iguales servicios, bajo las mismas condiciones, a las personas naturales y jurídicas, sin ningún tipo de preferencia, discriminación o distinción, salvo aquellas que dimanen de contratos suscritos bajo determinados requerimientos particulares, las destinadas a satisfacer a clientes con altos volúmenes de imposición y que no impliquen ningún tipo de afectación o perjuicio a terceros
- regularidad: se garantiza la ejecución de los procesos de admisión, clasificación, transportación y entrega, con la periodicidad que se establezca
- responsabilidad: se asegura la atención, esclarecimiento y respuesta a las quejas, reclamaciones u otras inconformidades con el servicio realizadas por los usuarios, así como la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios ocasionados que sean responsabilidad del Operador Designado o el reintegro de la tarifa pagada por el usuario, según la legislación vigente en la materia
- seguridad: se garantiza la inviolabilidad e integridad de los envíos postales, excepto en los casos previstos en la legislación vigente.
Controles en la Aduana
El nuevo Decreto-Ley también estipula que estarán sujetos al control aduanal los envíos cursados por las redes postales cubanas, ya sean de salida, de tránsito o de llegada.
Según el artículo 28.1, “La Aduana General de la República, durante las acciones de control, selecciona los envíos de salida o de llegada que deben ser abiertos e inspeccionados en presencia del destinatario, del remitente u operador postal que hubiere obtenido la autorización por parte del cliente”
“Los envíos postales son abiertos e inspeccionados en los puntos de despacho habilitados territorialmente y para ello se tiene que: a) Verificar que se cumpla lo establecido en la legislación vigente; y b) comprobar que los envíos sean plenamente identificables”.
El artículo 29 refiere, por su parte, que aquellos envíos que no sean plenamente identificables o cuyo contenido no pueda ser verificado debido al envase que los contenga, se procede según lo dispuesto en la legislación vigente.
se puede enviar paquete de 20 kilos, cuanto se paga para recogerlo en cuba
donde otorgan o analizan para sacar esa licencia
necesito k me devuelvan unas casuelitas k hace ya yo reclamé x k sinceramente encontré muy caro el importe me cobraban 60cuc ,x favor necesito k me los devuelvan.
x k no me han devuelto mis casuelitas, llevo 6meses esperando,yo reclamé x k consideré en su momento k era abusivo el importe,me dijeron k debía pagar 60cuc los quiero de vuelta x k son míos
Hola quisiera saber donde acercarme para recibir imformacion sobre estas licencias es q me interesa
Hola yo hice envíos en el mes de agosto y aun no se completan los envíos y no se dan respuesta
Buenas tardes ,desde enero tengo tres paquetes de 20 kgs que los envíe por la ena, desde Panamá y en Panamá me informan que ya están en la Habana , quisiera saber cuándo y dónde lo van a enviar ,ya que no podemos ir a recogerlo personalmente debido a la covib ,por qué yevo casi 4 meses esperando y el teléfono que tengo de aerovaradero , nunca e tenido la suerte que me lo contesten, por favor espero respuesta
Buenas tardes, he leído todo y me pregunto por qué no ven los atrasos que tiene correos de Cuba porque tengo paquetes de Octubre del 2020 y todavía están en transportación, deberían dar respuesta convincente a sus clientes, por que ya es demasiado con la escasez que tenemos, vienen medicamentos que necesitamos y mira el tiempo y nada de nada. Saludos
Hola al equipo de directorio cubano ??♀️! Si entiendo bien la nueva medida, (la cual me parece buena en el caso que realmente funcione, para ver si por fin se mueve algo en Cuba) esto quiere decir que cubanos en Cuba, pueden funcionar como personal de Correos, pero ☝?Privados y repartir entre otras cosas, paquetes que llegan desde el exterior o del mismo país. Paquetes que incluso llevan meses en un almacén . A donde hay que dirigirse a hacer tal contrato, a sacar tal licencia??? Donde puede encontrar uno más información? Correos de Cuba está dando ya alguna información concreta en otras provincias, no solo en La Habana? Les agradecería mucho me pudieran responder. Gracias de antemano.
Hola,
Sugerimos informarse con Correos de Cuba directamente: http://www.correos.cu/
Un saludo
Hola. Yo tengo un paquete de 3 lbs mandado desde junio de 2020 y no existe en el sistema aún. Es muy triste que nuestros familiares intenten ayudar y no llegue a nuestras manos por x o por y. Cuando lo rastreo esta en un contenedor en el Mariel si es que no se derritió ya. Dios quiera y aparezca aunque sea un tubo de pasta que tanta falta hace.
A mí me mandaron 4 paquetes el 29 de agosto del 2020 también y aún me falta uno, es de 1.1 kg. Me canso de revisar semanal en el buscador de correos de Cuba y nada y no tienes a quien preguntarle porque ya fui y por gusto, nadie da respuesta.
Hola buenas tardes yo necesito que me respondan y me den una respuesta que me convenza en el mes de agosto día 31 del 2020 me mandaron un paquete de 70 lb la cual tiene comida aseo y medicina las cual las necesito bueno ya ase de eso 8 meses y no hay una llamada no me dicen nada hasta ahora no escribía ni me quejaba pero ya es mucho y es una gran falta de respeto con la situación tan grande que hay aquí en nuestro país la cual necesitamos lo que mandan nuestros familiares