Debido a la covid-19, desde abril Argentina mantiene restricciones para la entrada de extranjeros a su territorio. Y el 29 de junio aprobó algunas limitaciones más. Directorio Cubano expone información actualizada.
El 27 de abril entró en vigor la Decisión Administrativa 268/2021 del jefe de Gabinete de Ministros, relativa al cierre de las fronteras.
La regulación hizo efectivas nuevas medidas de control para los vuelos arribantes a Argentina, y para los extranjeros que ingresan al país. A ellas se suman las limitaciones aprobadas el 29 de junio.
Restricciones recientes
El 29 de junio de 2021 el gobierno argentino limitó a 600 la cantidad de personas que pueden entrar al país cada día.
El Gobierno Nacional establece la prórroga del cierre de fronteras hasta el 6 de agosto inclusive. La medida sostiene la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y países del continente africano y como origen Brasil, Chile e India. A su vez se disponen cupos semanales en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos, las argentinas y residentes que se encuentren en el exterior, según el siguiente detalle: 5200 plazas para la semana del 10/7/2021 al 16/7/2021, inclusive; 6300 plazas para la semana del 17/7/2021 al 23/7/2021, inclusive; y 7000 plazas, para las semanas del 24/7/2021 al 30/7/2021 y del 31/7/2021 al 6/8/2021, inclusive.
Restricciones vigentes desde abril 2021
- El ingreso de extranjeros a Argentina queda prohibido, salvo excepciones.
- Solo la Dirección Nacional de Migraciones puede autorizar la entrada de extranjeros, por concepto de:
- reunificación familiar
- trabajo
- salud
- razones humanitarias.
- Cierre de las fronteras terrestres argentinas.
- Las únicas vías de acceso al país son:
- Aeropuerto de Ezeiza
- Aeropuerto de San Fernando
- Aeroparque Jorge Newbery
- Terminal Buquebus, del puerto de Buenos Aire.
- Todos los viajeros autorizados, antes de ingresar al país, deben presentar una prueba diagnóstico para coronavirus SARS-Cov-2 con resultado negativo.
- Una vez en territorio argentino, los arribantes deben someterse a otras dos pruebas diagnóstico:
- Al momento de su entrada.
- A los 7 días posteriores a su llegada.
- Todas las personas que ingresen a Argentina deben usar la aplicación covid 19-Ministerio de Salud:
- Por 14 días, como mínimo.
- En versión para dispositivos móviles: disponible para su descarga gratuita en las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e iOS.
- En versión web: disponible en el portal argentina.gob.ar/coronavirus/app.
- Por disposición del Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones.
Restricciones vigentes desde finales de 2020
Todos los viajeros autorizados a ingresar a Argentina están obligados a completar la Declaración Jurada Electrónica para el Ingreso al Territorio Nacional (DDJJ).
La norma está vigente desde el 7 de septiembre de 2020, en virtud de la Disposición 3025/2020 de la Dirección Nacional de Migraciones.
- El documento debe rellenarse 48 horas antes del viaje.
- Las compañías de transporte pueden exigir la DDJJ antes del embarque de los viajeros.
- El trámite puede ser cumplimentado por padres, o responsables legales, en caso de que el viajero sea menor de edad, o una persona con capacidades diferentes imposibilitada de completar los datos por sí misma.
- Las viajeros mayores de 70 años no están obligados a rellenar la DDJJ por vía electrónica (aunque pueden hacerlo).
- En tal caso, como alternativa, las autoridades argentinas permiten completar el documento cuando ingresan al país.
En tiempos de covid-19 los viajes internacionales se complican. Lo mejor es imformarse bien, antes de dar el paso. Y para ello, Directorio Cubano resulta una excelente opción.