Obtener la residencia o nacionalidad española tras haberse casado con un ciudadano español

En momentos en que la cuestión migratoria alcanza ribetes bastante trágicos en toda Europa, no pocos gobiernos han reforzado sus políticas antiinmigrantes. Si bien España no es de los que muestra ahora mismo una postura de tolerancia cero, sí ha reforzado sus controles migratorios a fin de controlar la situación.

Ello implica que cada vez sea más difícil conseguir una visa para entrar a esa nación europea, conseguir la residencia permanente u optar por la nacionalidad. Para Los cubanos la situación se manifiesta en momentos en que además los Estados Unidos principal receptor de emigrantes cubanos a nivel mundial, ha revertido sus políticas proteccionistas para con los antillanos.

No es raro entonces que muchos cubanos recurran al matrimonio con una persona de origen español para asegurarse el derecho a gozar de la ciudadanía española o bien, para luego de tenerla viajar de manera legal a los Estados Unidos (resulta mucho más fácil obtener un permiso ESTA que contempla el programa norteamericano de exención de visas) y aplicar a la Ley de Ajuste Cubano, recurso más eficaz hoy para que un cubano se naturalizarse como estadounidense.

Sea cual sea el caso del interesado, (salir de Cuba, quedarse en Europa, o viajar a los Estados Unidos) nos concentraremos en este artículo en explicar qué posibilidades ofrece el matrimonio con un ciudadano español.

Comencemos diciendo que aun cuando muchas personas asumen que para un ciudadano extranjero obtenga la nacionalidad española basta que se hayan casado con un español, esto no es exactamente así. Realmente, no existe el otorgamiento de la nacionalidad española por matrimonio, al menos como constructo legal.

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La ley es clara al contemplar que la nacionalidad española solo se concede por una de estas 4 vías:

  1. Por residencia
  2. Por opción
  3. Por carta de naturaleza
  4. Por posesión de estado

Siendo entonces que, lo que muchos llaman “nacionalidad española por matrimonio” es en realidad una nacionalidad tramitada y otorgada por residencia (el primero de los casos).

Eso sí, el matrimoniarse con un ciudadano español solo disminuye los plazos de tiempo legal de residencia en España antes de poder aplicar o solicitar la mencionada nacionalidad. Luego tenemos entonces que los demás requisitos para solicitar dicha “nacionalidad por matrimonio” discurren por los mismos canales de una rutinaria solicitud de “nacionalidad por residencia”.

¿Qué sí garantiza, o al menos hace mucho más probable el matrimonio con ciudadano español? Pues el hecho de conseguir una visa para salir de Cuba. Pero ahora que ya dejamos claro que la nacionalidad española por matrimonio no existe como cuerpo legal propio, analicemos qué requisitos se deben reunir para conseguir esa nacionalidad:

Existen 7 requisitos básicos para conseguir la nacionalidad “española residencia, luego de haber contraído matrimonio con un ciudadano español. Veamos cuáles son esos requisitos y analicemos cada uno, punto por punto:

  1. Que el ciudadano extranjero que solicita la nacionalidad sea residente legal en España durante el plazo legalmente exigido que en este caso es de 1 año
  2. Que esté obviamente casado con un ciudadano(a) español(a) por 1 año como mínimo, y que al momento de la solicitud aún se encuentren esposados.
  3. Que estén empadronados. O sea, deben residir juntos en la misma vivienda ambos cónyuges. Seamos honestos. Muchos cubanos realizan lo que normalmente podría conocerse como un “pacto matrimonial”, “matrimonio consensuado” o “matrimonio por conveniencia”, no pocos españoles acceden a casarse con un cubano(a) por cifras que pueden superar los 7 euros. No estamos en contra de esa práctica, pero quisiéramos dejar en claro algo muy importante: No basta sólo con presentar el certificado de matrimonio para obtener la nacionalidad. El procedimiento legal tiene varias fases y el órgano jurídico que emitirá el fallo se tomará todo su tiempo y pedirá varios informes o requerimientos para conformar el expediente. Se debe ser muy cuidadoso en estos casos, pues si bien el matrimoniarse es una excelente vía para obtener la residencia legal en España el órgano legal que resuelve el expediente, puede hacer visitas o inspecciones al lugar de convivencia, y en caso de que no estén empadronados puede sospechar y denegar tanto la nacionalidad como la ya obtenida residencia.
  4. Que se acrediten pruebas económicas suficientes para demostrar solvencia. Acreditarán la posesión de medios económicos autosuficientes que supuestamente permitan mantener un nivel de vida digno en territorio español. Esos ingresos pueden provenir de trabajo por cuenta propia, ajena, rendimientos sistemáticos del capital mobiliario o inmobiliario (propiedades, rentas de inmuebles propios etc.). En cuanto a montos se suele tomar como referencia al IPREM: para una familia de 2 miembros se exigirán unos 800€ como ingresos mínimos de la unidad familiar y 300€ más por cada miembro que se adicione.
  5. Que se aporte el certificado de inscripción consular (si se tiene es mucho mejor, pero no es estrictamente obligatorio)
  6. Que no se tengan antecedentes penales
  7. Que se tenga algún grado de integración a la cultura española. Esto es conocer las costumbres españolas y, por supuesto, el idioma.
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En cualquier caso, debe tenerse en cuenta que todo hispanoamericano que resida por 2 años de manera legal en territorio español puede aplicar a la nacionalidad por residencia, algo que se aplica a las antiguas colonias de la corona. Por lo tanto, las principales ventajas de casarse con un ciudadano español radican en:

  1. Obtener un visado Schengen para viajar a Europa
  2. Obtener la residencia legal
  3. Acortar a menos de 2 años la espera para obtener la nacionalidad
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