¿Qué hacer si pierdes la Autorización de Empleo?

No son pocas las personas que, cotidianamente, pierden en Estados Unidos su Permiso de Autorización de Empleo (EAD). Sin embargo, muchos de los que atraviesan por este incómodo incidente desconocen el primer paso que deben realizar luego de la pérdida.

Se trata de establecer comunicación inmediatamente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos a través del teléfono 1-800-375-5283.

Una vez realizada la llamada, los encargados ayudarán a iniciar los trámites y explicarán los pasos a seguir para recuperar su Permiso de Autorización de Empleo.

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Sin embargo, resulta sumamente importante que usted tenga alguna evidencia como el permiso anterior vencido o la hoja de renovación del permiso extraviado.

De más está decir que es muy necesario tramitar un nuevo permiso en caso de pérdidas. Esto a pesar de que los empleadores menos estrictos podrán aceptar como válida una copia del EAD perdido o robado.

Pero, ¿qué hacer para tramitar un nuevo permiso?

En este sentido, usted necesitará completar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, una vez más. Aquí tendrá la opción de presentar este formulario en línea a través del enlace https://myaccount.uscis.gov/ .

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Otro dato que a veces desconocen los ciudadanos es que, en casos de robo o extravío, es posible aplicar para una excepción de tarifas. De este modo el proceso no solo es válido para los extravíos, sino que también funciona para reemplazar un EAD que sufrió daños o mutilaciones.

Pero, si el proceso con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración se tardara demasiado, usted deberá intentar nuevamente la comunicación con un agente de inmigración. Evidentemente, este nuevo intento lo realizará a través del mismo número telefónico al que realizó el primer contacto.

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Por su parte, el nuevo EAD se puede obtener durante los siguientes tres meses a partir de la solicitud. Aunque la buena noticia es que mientras, usted puede utilizar una copia del EAD extraviado para poder seguir trabajando. Aquellos que no posean dicha copia, podrán usar el Aviso de Acción I-797 o una carta de confirmación de recibo.

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