¿Tus padres o abuelos eran de Asturias? El principado dará ayudas económicas a los emigrantes

Ayudas para emigrantes de origen asturiano: requisitos y procedimiento para solicitarlas.

Las personas emigrantes asturianas que han decidido regresar al Principado de Asturias pueden acceder a una ayuda económica destinada a facilitar su adaptación y asentamiento. Estas subvenciones buscan paliar situaciones de precariedad o cubrir gastos extraordinarios que surjan a raíz del retorno.

El programa de Ayudas a Personas Emigrantes Retornadas (AYUD0117T01) se encuentra abierto durante todo el año, permitiendo que los interesados presenten sus solicitudes en cualquier momento.

¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda?

Para acceder a esta ayuda, los solicitantes deben cumplir con varios requisitos:

  • Tener nacionalidad española desde al menos cuatro años antes del retorno.
  • Ser natural de Asturias, haber tenido la última vecindad administrativa en algún concejo asturiano antes de emigrar o ser descendiente de asturiano hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Haber residido en el extranjero por un mínimo de cuatro años antes de regresar a España.
  • Estar empadronado en algún concejo de Asturias en el momento de la solicitud y mantener este empadronamiento durante al menos dos años desde la concesión de la subvención.
  • No haber transcurrido más de dos años desde el retorno al momento de la solicitud.
  • Acreditar oficialmente la condición de emigrante retornado.
  • Si el solicitante es mayor de edad y tiene capacidad laboral, debe acreditar búsqueda activa de empleo o tener un contrato de trabajo vigente.
  • Carecer de recursos económicos y patrimonio mobiliario suficientes dentro de la unidad familiar.
  • No haber sido beneficiario de estas ayudas en ejercicios anteriores ni haber formado parte de la unidad familiar de otra persona beneficiaria.

Aquellos que ya hayan recibido esta ayuda antes de la Resolución del 24 de julio de 2024 podrán solicitarla por segunda vez, siempre que cumplan con los requisitos establecidos y no hayan pasado más de dos años desde el retorno.

Cómo se presenta la solicitud

Existen dos modalidades para presentar la solicitud:

  • Presencialmente, en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias, o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
  • De forma telemática, a través del Registro Electrónico del Principado de Asturias o mediante el Registro Electrónico General de la Administración del Estado.

Documentación requerida

Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, se deberá presentar la siguiente documentación junto con la solicitud normalizada:

  1. Baja consular que acredite la residencia en el extranjero con nacionalidad española durante al menos cuatro años antes del retorno. Los menores de edad están exentos de este requisito.
  2. Certificado de empadronamiento en cualquier concejo asturiano, incluyendo a todos los miembros de la unidad familiar.
  3. Documentación sobre ingresos y patrimonio de la unidad familiar, tanto en España como en el extranjero, de los dos meses anteriores a la solicitud. En caso de no disponer de ingresos, se aceptará una declaración responsable del solicitante y su unidad familiar.
  4. En caso de estar en edad laboral, se deberá presentar una demanda de empleo activa o un contrato de trabajo en vigor.
  5. Informe social expedido por el ayuntamiento donde esté empadronado el solicitante o, en su defecto, por el órgano instructor de la ayuda.
  6. Ficha de acreedores, para la gestión del pago de la ayuda.
  7. Documento acreditativo de la condición de asturiano o descendiente de asturiano, que puede ser una copia del DNI, pasaporte, partida de nacimiento o padrón histórico.
  8. Si el solicitante tiene menos de 30 años, deberá presentar documentación acreditativa de su edad.
  9. En caso de discapacidad, se deberá aportar el certificado de discapacidad con un grado igual o superior al 33 % reconocido en España o en el país de origen.
  10. Para quienes ejerzan la patria potestad en exclusiva o sean víctimas de violencia de género, será necesario presentar documentación que lo acredite, como una sentencia o informe de los servicios sociales.

Plazos y efectos de la solicitud

El plazo de resolución es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el Registro General de la Consejería de Presidencia. Si transcurrido este tiempo no se ha recibido respuesta, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo.

En caso de ser denegada, se podrá presentar un recurso potestativo de reposición.

¿Cuánto se puede recibir?

La cuantía de la ayuda varía según la situación de cada solicitante y su unidad familiar. Solo un miembro por unidad familiar puede ser beneficiario de la subvención.

  • En el caso de personas mayores de edad, se considerará unidad familiar la compuesta por el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, sus hijos menores de 30 años que convivan con él o hijos mayores con una discapacidad del 33 % o más.
  • Para menores de edad, la unidad familiar incluirá a sus ascendientes en primer grado y a sus hermanos menores de 30 años o con discapacidad reconocida.
  • Si el solicitante tiene medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, se tendrá en cuenta a quienes convivan con él y dependan económicamente de su situación.

El monto de la ayuda se determinará en función de los ingresos y patrimonio de la unidad familiar. Quienes ya hayan recibido la ayuda con anterioridad podrán volver a solicitarla, pero se les descontará el importe previamente concedido.

Impacto de estas ayudas

Estas subvenciones representan un apoyo clave para los emigrantes asturianos que han decidido regresar, permitiéndoles estabilizar su situación económica tras el retorno. Al cubrir necesidades básicas y gastos extraordinarios, facilitan la reintegración en el Principado de Asturias, garantizando mejores oportunidades laborales y de vivienda para quienes retornan tras años de residencia en el extranjero.

El acceso a estas ayudas es fundamental para aquellas personas que se enfrentan a dificultades económicas tras su regreso y buscan establecerse en Asturias de manera definitiva.

1 comentario en «¿Tus padres o abuelos eran de Asturias? El principado dará ayudas económicas a los emigrantes»

  1. soy asturiano por adopción ,no he recibido ayuda económica, vivo en Cuba y ya saben cómo es la vida acá, tengo 74 años, obtuve la nacionalidad española por mi abuelo EPD. cómo puedo participar?

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