El plazo para reclamar un cheque de estímulo de $1,700 en Estados Unidos está por finalizar. Los ciudadanos que cumplan con los requisitos podrán presentar su solicitud hasta el 31 de marzo.
Este programa de asistencia económica busca apoyar a los residentes que cumplan ciertos criterios, y se financia a partir de recursos estatales.
La solicitud para este beneficio se encuentra abierta desde el 1 de enero, y quienes logren inscribirse antes de la fecha límite recibirán el pago en octubre, primero mediante depósitos directos y luego a través de cheques físicos.
¿Cuándo envían el cheque de estímulo?
El pago se distribuirá en octubre, priorizando los depósitos directos para quienes proporcionen una cuenta bancaria válida. Posteriormente, se enviarán los cheques físicos a quienes no opten por esta opción.
El Pago del Dividendo Permanente es una de las ayudas económicas más importantes para los residentes de Alaska, y alrededor de 600,000 personas lo recibirán este año.
Quienes cumplan con los requisitos y aún no hayan presentado su solicitud tienen hasta el 31 de marzo para inscribirse y asegurar el pago de esta asistencia estatal.
¿Quiénes recibirán el cheque de estímulo?
Este pago de $1,702 está dirigido a los residentes de Alaska como parte del Pago del Dividendo Permanente (PFD, por sus siglas en inglés), un programa estatal financiado por los ingresos del petróleo. Esta subvención se otorga cada año con el objetivo de compartir parte de la riqueza generada por la industria petrolera con la población.
¿De cuánto es el cheque de estímulo?
El monto del dividendo varía anualmente según una fórmula basada en los ingresos del Fondo Permanente de Alaska, aunque la Legislatura estatal tiene la potestad de modificarlo. Para este año, el pago se ha establecido en $1,403 como dividendo base y $298 como bono de alivio energético.
Requisitos para solicitar el cheque de $1,700
Para ser elegible para este pago, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Haber residido en Alaska durante todo el año 2024.
- No haber estado fuera del estado por más de 180 días, salvo excepciones como servicio militar, estudios fuera del estado o tratamientos médicos.
- No haber sido condenado por delitos graves en el último año.