Matrimonios, pero no divorcios, en la primera fase jurídica pos-covid-19 en Cuba

Con el inicio en Cuba, este 18 de junio, de la primera etapa de recuperación pos-covid-19, en su fase 1 (excepto en las provincias de La Habana y Matanzas), se reanudarán varios servicios jurídicos suspendidos desde marzo, entre ellos la formalización de matrimonios y la expedición de su correspondiente certificación.

Así lo dio a conocer el ministro de Justicia, Oscar Manuel Silvera Martínez, en el espacio radiotelevisivo Mesa Redonda, el martes 16 de junio. Será un proceso «gradual, progresivo y asimétrico» —señaló el titular—, e irá de los trámites más simples a los más complejos a lo largo de las tres etapas de desescalada que se ha propuesto el Gobierno cubano.

Dependerá de las características de cada lugar y de las medidas organizativas que se adopten, para evitar colas, reducir el tiempo de espera y garantizar el aislamiento social, al tiempo que se garantice la calidad.

Como principio, el ministerio de Justica priorizará la culminación de trámites pendientes, tras la suspensión de la casi totalidad de estos desde el 26 de marzo último.

Entre los trámites notariales y registrales por los que los ciudadanos cubanos deben aguardar a una segunda fase se encuentran los divorcios, la adjudicación de bienes por herencia y los procesos sucesorios de declaratoria de herederos, así como la expedición de certificaciones para estos y para otros procesos dentro del territorio nacional. Igualmente sucede con la compraventa y donaciones de viviendas y vehículos.

¿Cómo funcionarán en esta primera fase las Notarías y los Registros del Estado Civil? 

Notarías

En la primera etapa realizarán:

—Escritura de testamentos o su revocación.

—Poderes especiales, generales y su revocación.

—Formalización de matrimonios: (por las medidas de aislamiento social solo podrán asistir los contrayentes, testigos, padres e hijos).

—Escrituras de autorización en todas sus modalidades.

—Actas de declaración jurada.

—Autenticación de firmas.

—Habilitación de libros.

—Cotejo de documentos.

—Expedición de copias.

En las fases posteriores se irán incorporando otras prestaciones de la manera siguiente:

Segunda fase:

—Formalización de matrimonios, en composición más amplia: contrayentes, testigos, padres, hijos y un número racional de invitados de acuerdo con la capacidad del local.

—Procesos sucesorios de declaratoria de herederos.

—Divorcios.

—Adjudicación de bienes por herencia.

—Compraventa y donaciones de viviendas y vehículos.

—Descripción de obra.

—Actas de notoriedad y de subsanación de errores u omisiones de poca complejidad.

Tercera fase:

Se autorizarán todos los actos notariales con la incorporación de los de mayor complejidad.

También velando por el cumplimiento de las medidas higiénico-sanitarias y el distanciamiento social, se comenzarán a ampliar los servicios registrales de manera gradual.

Registro del Estado Civil:

Primera fase:

—Se mantendrán las inscripciones de nacimiento y defunción, que se continuaron realizando en el período anterior de enfrentamiento a la covid-19.

—Se incorporan la inscripción de matrimonios.

—Expedición de las licencias de enterramiento.

—Expedición de certificaciones de nacimiento, así como las de defunción para el cobro de pensiones por causa de muerte.

—Formalización de matrimonios (también en composición reducida de contrayentes, testigos, padres e hijos).

—Expedición de las certificaciones de matrimonio.

—Inserción y confrontación de asientos registrales.

Segunda fase:

Se incorporan:

—Formalización de matrimonios: contrayentes, testigos, padres e hijos  y un número racional de invitados de acuerdo con la capacidad del local y garantizar el distanciamiento físico.

—Expedición de certificaciones para fines sucesorios y para otros procesos dentro del territorio nacional.

—Reconocimiento de hijos.

—Solicitudes de búsquedas.

Tercera fase:

—Se reanudan todos los procesos y servicios registrales.

—Despliegue de la plataforma digital Bienestar, para los trámites del los registros.

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4 comentarios en «Matrimonios, pero no divorcios, en la primera fase jurídica pos-covid-19 en Cuba»

  1. Tenia cita para entregar un requerimiento sobre mi matrimonio 28 de abril,como puedo saber,cuando podré presentarme a,entregar dicho requerimiento? Gracias.

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  2. ¿Por qué se plantea que el registro civil expedirá certificación de nacimiento y el personal del Registro Civil de Playa dice que hasta la fase 2 no estarán realizando este trámite?

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  3. Muchísimas gracias por la información, muy útil, he buscado e indagado y en ocasiones ni en las propias notarías me han sabido decir si estará disponible cierto servicio en la fase uno. Gracias y felicitaciones.

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