Embajada de México en Cuba suspende servicios consulares hasta nuevo aviso

De último minuto la Embajada de México en Cuba ha dado a conocer la suspensión de sus servicios consulares a partir de este jueves. La cancelación es hasta nuevo aviso.

Según la argumentación de esa sede diplomática, la decisión honra determinadas normativas del Banco Central de Cuba en lo relativo al empleo de la moneda nacional.

«La Embajada de México informa que se suspende la atención al público de servicios consulares que requieran pago, desde este jueves 9 de junio de 2022 y hasta nuevo aviso».

Según se especifica en un mensaje desde su cuenta de Twitter, la decisión deriva de la «Instrucción 1 del 2022» emitida por el Banco Central de Cuba el 2 de junio de 2022.

Esta instrucción impide que desde la cuenta en pesos cubanos de las embajadas y consulados se realicen transferencias al exterior.

Siendo así, la Embajada de México decide suspender aquellas actividades consulares que impliquen cobros en esta moneda (CUP).

Asimismo, indicó que informará oportunamente cualquier cambio que se produzca en lo adelante, referido a las formas de pago.

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https://twitter.com/EmbaMexCuba/status/1534635492150546436

https://twitter.com/EmbaMexCuba/status/1534626831495745537

Esta es la instrucción del Banco Central de Cuba

La Resolución 180, del 26 de noviembre de 2020, de quien suscribe, en su apartado Sexto dispone que las embajadas operan cuentas en pesos cubanos y en moneda extranjera, por lo que resulta necesario precisar la operatoria de estas cuentas a partir del cobro de los servicios consulares.

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el Articulo 25, inciso d), del Decreto Ley 361 “Del Banco Central de Cuba», del 14 de septiembre de 2018,

INSTRUYO:

 PRIMERO: Las embajadas y consulados realizan los cobros de los servicios consulares en moneda extranjera o en pesos cubanos, según determinen.

A los efectos de la presente Instrucción, se entiende por moneda extranjera a las monedas libremente convertibles que acepta el Banco Central de Cuba, de acuerdo con Io establecido en la Resolución 180, del 26 de noviembre de 2020.

SEGUNDO: Las embajadas y consulados que determinen cobrar los servicios consulares en pesos cubanos, solo pueden depositar los fondos en una cuenta en esa moneda.

TERCERO: A partir del 10 de junio de 2022, desde las cuentas en pesos cubanos de las embajadas y consulados, no se realizan traspasos hacia las cuentas en moneda libremente convertible, ni pagos hacia el exterior.

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CUARTO: Antes del 10 de junio de 2022, las embajadas y consulados, titulares de las cuentas bancarias en pesos cubanos, deciden si convierten su saldo total o parcialmente a moneda libremente convertible, aplicando el tipo de cambio vigente el día de la operación.

QUINTO: Las cuentas bancarias en pesos cubanos de las embajadas y consulados reciben transferencias desde otras cuentas bancarias en pesos cubanos o desde otras cuentas con respaldo de liquidez.

SEXTO: A partir del 10 de junio de 2022 en las cuentas en pesos cubanos de las embajadas y consulados, se admiten depósitos en efectivo de moneda libremente convertible, excepto dólares estadounidenses, por concepto de recaudaciones consulares, si así lo determina el titular. En estos casos, el banco acredita la cuenta en pesos cubanos aplicando el tipo de cambio vigente el día de la operación.

SÉPTIMO: Las personas jurídicas cubanas estatales titulares de cuentas CL realizan los pagos de los servicios consulares a las cuentas bancarias en moneda libremente convertible de las embajadas y consulados, acompañando al instrumento de pago, la correspondiente carta de liquidez, CL. Este requisito no es necesario de aceptarse por la embajada o consulado el pago directo en la cuenta en pesos cubanos.

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OCTAVO: Las cuentas bancarias en moneda libremente convertible de las embajadas y consulados pueden recibir transferencias desde otras cuentas con respaldo de liquidez, y admiten depósitos en efectivo de moneda libremente convertible, excepto dólares estadounidenses.

NOVENO: Esta Instrucción entra en vigor a partir del 10 de junio de 2022.

DESE CUENTA a los ministros de Economía y Planificación y de Relaciones Exteriores.

COMUNÍQUESE al Vicepresidente Primero, a los vicepresidentes, al Superintendente, al Director General de Operaciones y Sistemas de Pago, al Director de Proyecciones, todos del Banco Central de Cuba; a los presidentes del Banco Financiero Internacional S.A. y del Banco Metropolitano S.A.

ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba. DADA en La Habana, a los 2 días del mes de junio de 2022.

Descargar resolución

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8 comentarios en «Embajada de México en Cuba suspende servicios consulares hasta nuevo aviso»

  1. Es lamentable,que existan tantas trabas que perjudican el flujo libre de.personas entre los dos paises.
    Una sugerencia que no está ligada directamente a este tema,pero sí al turismo de.cubanos hacia México,para actualizarnos.
    ¿Cómo se está comportando la entrada.legal de.cubanos a México con VISAS de turismo y para los.cubano españoles luego de lo acontesido recientemente?

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