Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) someterán a discusión el proyecto de ley «Transparencia y el Acceso a la Información Pública».
Con esta norma, se busca regular la transparencia y el derecho de acceso a la información pública. Asimismo, según trascendió, dicha regulación pretende establecer las obligaciones que deben cumplir sus responsables.
Ahora bien, el anteproyecto reconoce que todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna. Aspecto que también establece la Constitución, y además, el acceso a la información que se genere en los órganos del Estado y entidades.
Sin embargo, también señala la norma que “se requiere instrumentar los mecanismos que garanticen el acceso de la ciudadanía a la información de la Administración Pública. Así como la protección de la información que ponga en riesgo la defensa y seguridad nacional e integridad de las personas».
Por tanto, de esta manera, el artículo 21 del anteproyecto menciona las excepciones al acceso a la información pública.
¿Cuáles serían estas excepciones?
En tal sentido, se consideran como excepciones «la información clasificada o limitada». Aquí también se incluyen aquellas circunstancias, hechos o atributos que, de divulgarse, constituyan un daño, peligro, afectación o violación para:
- a) La soberanía, defensa y la seguridad nacional.
- b) los datos personales.
- c) un procedimiento judicial o administrativo en trámites.
- d) los derechos de propiedad intelectual.
- e) la confidencialidad de datos comerciales.
- f) el medio ambiente.
Entre tanto, señala el artículo 22.1 que los sujetos obligados practican una prueba de daño. Por tanto, solo cuando la divulgación de la información solicitada represente riesgos reales a intereses protegidos, se establecerá la limitación al acceso a esa información.
Entonces, la prueba del daño consiste en realizar una demostración mediante un examen de ventajas y riesgos. ¿Qué se demuestra? La ponderación realizada entre el daño de divulgar la información y su repercusión en derechos y principios, contra el beneficio que supone divulgar dicha información
Mientras, señala el anteproyecto que será el Citma el organismo que cumplirá con algunas de las funciones de los órganos garantes respecto a la normativa.
Estamos hablando de un organismo de la administración central del Estado que posee la potestad de controlar a los sujetos obligados a ofrecer información pública. Sin embargo, todavía no se han definido con claridad cuáles serían las facultades concretas que pudiera llegar a tener.