Colocar carteles en establecimientos por cuenta propia en Cuba

En Cuba, la colocación de carteles en establecimientos dedicados a brindar servicios por cuenta propia, será autorizada por las direcciones municipales de planificación física.

De antemano, es importante que usted, si ejerce o piensa ejercer el trabajo en el sector no estatal, y precisa colocar un cartel en su establecimiento, conozca que solo le serán autorizados los carteles si cumplen estos requerimientos:

  • El contenido de los cartelesdebe responder al servicio que corresponde a la licencia que le ha sido autorizada y por tanto, llevar el nombre del servicio que se brindará en el respectivo establecimiento, de acuerdo con la denominación oficial definida por el Ministerio de Trabajo  Seguridad Social.
  • Si el titular de la licencia autorizada precisa colocar un distintivo publicitario en el cartel, en adición al nombre del servicio, con el fin de poder identificar mejor el servicio que brinda, entonces el trabajador por cuenta propia tiene la obligación de registrar el cartelcon antelación en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, donde se le emitirá un Documento que acredite el derecho exclusivo sobre la marca o distintivo publicitario.
  • El emplazamiento del cartelse autoriza expuesto en la fachada del establecimiento o de lo contrario, situado de forma perpendicular a la propia fachada, de modo tal que no limite o dificulte la visualidad del tránsito vial ni complejice el paso peatonal.
  • No se permite ubicar el cartel en la pared del establecimiento. El cartel debe tener una altura mínima de 2.50 metros sobre el nivel del piso, medido desde le piso hasta el borde inferior del cartel.
  • El cartel no debe exceder en sus dimensiones los 1.50 metros cuadrados.

Tenga en cuenta estos requerimientos, sin los cuales no podrá proceder a la colocación del cartel en su establecimiento.

Consulte aquí ¿Cómo debe proceder para solicitar la autorización a la Dirección Municipal de Planificación Física para la colocación del cartel en su establecimiento?

Seguir leyendo en Directorio Noticias

Déjanos saber tu opinión:

COMENTAR

Deja un comentario

Salir de la versión móvil