En el Registro del Estado Civil en Cuba se inscriben todos los actos y hechos relacionados con el estado civil de las personas. El Registro del Estado Civil se encuentra integrado por las Secciones de Nacimientos, Matrimonios, Defunciones y Ciudadanía.
El Registrador del Estado Civil es el funcionario público investido con la autoridad para asesorar y realizar el trámite de inscribir los actos y hechos de esta naturaleza.
Estos son los trámites que se realizan en el Registro del Estado Civil en Cuba:
- Inscripciones de nacimientos, matrimonios y defunciones.
- Inscripciones de notas marginales.
- Subsanaciones de errores.
- Cambio, adición, modificación o supresión de nombres y apellidos.
- Inscripciones fuera de término de nacimientos, matrimonios y defunciones.
- Reconstrucción o reinscripción de asientos.
- Toma de declaraciones.
- Formalización de matrimonios.
- Búsquedas de inscripciones.
- Expedición de certificaciones.
- Reconocimiento de filiación materna o paterna.
- Denegación de inscripciones o reconocimiento de filiación.
Expedición de certificaciones
El trámite de Expedición de certificaciones, en el Registro del Estado Civil en Cuba es un trámite personal.
Las certificaciones se expiden:
- En extracto.
- Literales, previa autorización del director provincial de justicia.
El Registrador del Estado Civil expedirá las certificaciones un término mínimo de 2 días y hasta 15 días naturales.
Las búsquedas de inscripciones se realizan cuando el solicitante desconoce el tomo y folio donde se ubica la inscripción que precisa. El solicitante deberá ofrecer nombres y apellidos de la o las personas y la fecha exacta y lugar donde ocurrió el hecho o el acto.
El Registrador del Estado Civil tiene un plazo de 3 a 5 días naturales para ejecutar la búsqueda.
Las certificaciones no tienen vencimiento legal, con excepción de las certificaciones de soltería y de capacidad legal cuya vigencia es de solo seis meses naturales, a partir de la fecha en que son emitidas.