El Consulado General de Colombia en Cuba desea informar que la expedición de visados electrónicos para visas de tránsito está sujeta a la disponibilidad de tramitación del Consulado General, bajo similares condiciones y requisitos de cita consular que la expedición de etiquetas de visas impresas.
Ninguna agencia de turismo, gestor de trámites por cuenta propia u otras personas naturales ajenas al Consulado General de Colombia en Cuba y sus funcionarios autorizados, tiene competencia ni posibilidades técnicas fiables para expedir visas electrónicas de tránsito.
Se alerta a los solicitantes de visas de no hacer pagos a estas agencias o personas naturales por visas electrónicas que están en incapacidad de expedir legalmente.
El coste de los trámites de visado es el estipulado oficialmente y se abona, exclusivamente, a través de la cuenta del Consulado General de Colombia en Cuba en el Banco Metropolitano correspondiente, o mediante el pago electrónico explícito en la página oficial de Registro y Trámites Online del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
El sistema de tramitación online cuenta con procedimientos de verificación y validación que impiden la expedición de visas electrónicas al margen de este.
La Habana, 24 de febrero de 2022.
Consulado General de Colombia
La Habana – Cuba
Porque no dan visa a los que ya tienen su pasaje con escala es sola una visa de tránsito porque es tan difícil Conseguirla o porque no cobran la estadía en el aeropuerto ?
Cual es la situacion de la embajada de Colombia? Porque no están dando visa de tránsito a los que enviaron el correo antes del cierre?
Cuáles son los requisitos para la visa