Este 16 de julio, se publicará en el Registro Federal una Regla Final Interina (IFR) emitida por los Departamentos de Justicia y de Seguridad Nacional.
Según el portal oficial del Departamento de Seguridad Nacional, la legislación busca mejorar la integridad del proceso de asilo, al imponer más restricciones o limitaciones a la elegibilidad de los emigrantes que buscan refugio en los Estados Unidos.
Los Departamentos de Justicia y Seguridad Nacional agregará una nueva cláusula de elegibilidad para el asilo a un extranjero que intenta ingresar a los Estados Unidos a través de la frontera sur; pero que no solicitó la protección contra la persecución o la tortura cuando pudo, en al menos una tercer país fuera de su país de origen o residencia legal, desde el momento en que partió hacia los Estados Unidos.
Al respecto, el secretario interino del Departamento de Seguridad Nacional, Kevin K. McAleenan, expresó: «En última instancia, la acción de hoy reducirá las cargas abrumadoras a nuestro sistema interno, provocadas por: los solicitantes de asilo que no buscaron protección urgente en el primer país disponible, los migrantes económicos que carecen de un temor legítimo de persecución y las organizaciones criminales transnacionales, traficantes y contrabandistas que explotan nuestro sistema para obtener ganancias».
Esta cláusula contempla tres excepciones que son para:
(1) un extranjero que demuestre que solicitó protección contra la persecución o la tortura en al menos uno de los países que transitó en su travesía hacia los Estados Unidos, y recibió un juicio final de denegación de protección en dicho país.
(2) un extranjero que demuestre que cumple con la definición de «víctima de una forma grave de trata de personas».
(3) un extranjero que haya transitado en su travesía hacia los Estados Unidos solo a través de países que no firmantes de la Convención de 1951 sobre el Estatus de los Refugiados, el Protocolo de 1967 o la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos y Denigrantes.
El asilo es un beneficio discrecional que ofrece el gobierno de los Estados Unidos a quienes huyen de la persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.
Sobre el particular, el procurador general William P. Barr declaró: «Esta regla es un ejercicio legal de la autoridad provista por el Congreso para restringir la elegibilidad para el asilo. Estados Unidos está completamente abrumado por las cargas asociadas con la detención y el procesamiento de cientos de miles de extranjeros a lo largo de la frontera sur».
Los Estados Unidos han experimentado un disparo exponencial en el número de emigrantes que arriban cada día a la frontera terrestre de este país con México. Este incremento se corresponde con un notable aumento en el número y porcentaje de emigrantes que apelan al temor de persecución o tortura, cuando son detenidos o hallados por el Departamento de Seguridad Nacional.
El número de casos remitidos al Departamento de Justicia para los procedimientos ante un juez de inmigración, se ha incrementado igualmente de manera considerable. La cifra de estos casos se ha multiplicado por tres, solo entre los años 2013 y 2018. Los pronósticos prevén que estas estadísticas continúen creciendo durante el resto del año fiscal 2019 y en años venideros.
No obstante, solo un por ciento ínfimo de los emigrantes que llegan a la frontera de México con los Estados Unidos reciben asilo. En tal sentido, las autoridades norteñas aseguran que esta regla ayudará a mitigar la presión sobre el sistema de inmigración del país, al identificar de manera más eficiente a los emigrantes que emplean de manera indebida el sistema de asilo para ingresar y permanecer en los Estados Unidos.