Nuevas medidas en el sector del transporte en Cuba favorecen la importaciĆ³n

El Decreto 83 del Consejo de Ministros ha establecido nuevas medidas en el sector del transporte en Cuba, referentes a la transmisiĆ³n de la propiedad de vehĆ­culos de motor, remolques y semirremolques, asĆ­ como su importaciĆ³n y comercializaciĆ³n.

Estas medidas tienen como objetivo eliminar trabas y favorecer la inversiĆ³n extranjera.

El Ministerio del Comercio Exterior y la InversiĆ³n Extranjera ha designado a las personas jurĆ­dicas cubanas autorizadas para realizar la importaciĆ³n y comercializaciĆ³n mayorista en MLC.

Asimismo, se han establecido las entidades que pueden realizar la comercializaciĆ³n minorista.

LEA TAMBIƉN:  Consejos para armar un equipaje para Cuba

Para la liquidaciĆ³n y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la TransmisiĆ³n de Bienes y Herencia se ha dispuesto un valor referencial mĆ­nimo.

El MFP establece las normas para la formaciĆ³n de los precios minoristas en MLC de los vehĆ­culos de motor de combustiĆ³n y elĆ©ctricos, asĆ­ como los remolques y semirremolques.

Se mantienen las ventas minoristas de vehĆ­culos de motor nuevos y de segunda mano en MLC, para todas las personas naturales cubanas y extranjeras radicadas en Cuba.

LEA TAMBIƉN:  El IRS retirarĆ” dinero de miles de cuentas bancarias en Estados Unidos

AdemĆ”s, se elimina la restricciĆ³n de potencia en las motocicletas elĆ©ctricas y se autoriza la importaciĆ³n directa del sidecar por personas naturales.

La Aduana admite la importaciĆ³n de hasta dos artĆ­culos de los denominados ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, en ambos casos elĆ©ctricos, como parte del equipaje de los pasajeros.

Deja un comentario

Escuchar Radio Cubana
Ver TV

CubavisiĆ³n Internacional 24h