¿Qué tener a mano si la Ley de Nietos en España se aprueba?

Luego de la investidura de Pedro Sánchez, como jefe del gobierno español. Con ello se esperan las reaperturas de temas que quedaron en el tintero antes de las elecciones de abril, entre ellos la extensión de la llamada Ley de Nietos, que favorecería a muchos cubanos que no hicieron el proceso o no pudieron hace 11 años, cuando se aprobó la ley.

Esta nueva legislación recoge que aquellos nietos que no pudieron hacerse ciudadanos porque la anterior formula solo aprobaba a los menores de edad, esta vez sí puedan hacerlo, por ello, se espera con beneplácito su aprobación en muchos países latinoamericanos. También cuenta con otros acápites que hacen extensivas las solicitudes de ciudadanía. De hecho, es una reforma a la ley original que ha sido bien vista en el Congreso español, donde fue aprobada en sus inicios por amplia mayoría, con 254 votos a favor de 255 posibles. Pero la aprobación de la misma se diluyó cuando los diferentes partidos en España, proponían tal o más cual enmienda a la ley.

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Ahora, de aprobarse, como se espera en algún momento, porque es intención del gobierno de Sánchez, de llevarlo a cabo, es importante tener en cuenta qué documentos tener listos para cuando se necesite. Pero como hay compromiso gubernamental con la Ley, se supone que sea un tema a discutir próximamente. Aunque no se conocen con exactitud cuáles son los documentos requeridos, sí está claro que los mismos deben ser probatorios de la descendencia española en cualquier grado. 

Tomando en cuenta lo anterior, se precisa contar con la certificación literal de nacimiento del español (padre, abuelo o bisabuelo) o la fe de bautizo en territorio español, de no contarse con el documento anterior. Ambos son los probatorios de que la persona es española y por lo tanto usted como descendiente puede beneficiarse de ello. No en todos los casos será necesario si bien usted accede a través de una persona que ya se hizo ciudadana a través del proceso anterior. 

Usted puede solicitar online el certificado de nacimiento de su pariente español mediante el portal oficial del Ministerio de Justicia de España. Y se le harán llegar mediante correo postal. Desde esta dirección: Clic Aquí

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Otro documento importante es la certificación de nacimiento de la persona interesada porque es lo que prueba el lazo de familiaridad. También pueden ser útiles las certificaciones de matrimonio o defunción, aunque estas últimas no fueron muy utilizadas en el proceso anterior. No obstante es aconsejable tenerlas al alcance, o al menos los datos para conseguirlas en caso de que precisen en algún punto del trámite. Recuerden que la Embajada siempre tiene el derecho de solicitar cualquier otro documento, si así lo estima conveniente a lo largo de las entrevistas. 

Otro consejo es saberse bien las fechas de cuando nacieron los españoles, por el cual se reclama la descendencia, y lugares, ya sea del nacimiento o las fechas del exilio, cuando llegaron a Cuba. Siempre es de utilidad saber con exactitud esas cuestiones. El tema de las subsanaciones de errores también es vital. Es muy riesgoso esperar a un proceso como este para subsanar errores, por eso lo mejor es adelantarse y empezar a tramitar esas cuestiones desde ya. Deben coincidir con exactitud los nombres del ascendiente y descendiente. Los requerimientos demoran el trámite, y corren el riesgo de que sean denegados. No se ponga al límite y verifique esos temas. 

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El tema de las copias también es esencial, guarde siempre originales y una copia. También la del pasaporte, un documento que siempre se le exige en cualquier proceso en Embajadas. Lo otro son las legalizaciones, todo documento sacado en Cuba, debe legalizarse y luego apostillarse en la misma Embajada para que tenga validez en territorio español. Los documentos que provengan de España no necesitan ser legalizados en la Isla. Cuando todo sea un hecho, se darán más instrucciones, pero vale la pena tener adelantada la papelería habitual, y solo esperar el momento preciso. 

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