Sanciones al cuentapropista Arrendador de Vivienda, Habitación o Espacio

Si usted es trababajor cuentapropista en Cuba bajo la licencia de Arrendador de Vivienda, Habitación o Espacio o está valorando comenzar a ejercer como tal, es importante que conozca lo establecido con respecto las multas y sanciones que establece la ley para las violaciones que se cometan en la prestación de este tipo de servicio.

De acuerdo con lo establecido, se impondrá una multa de 1500 pesos convertibles CUC, o su respectivo equivalente en moneda macional CUP (37 500 pesos), de acuerdo con la tasa de cambio oficial, a aquellos propietarios o sus representantes legales con licencia de Arrendador de Vivienda, Habitación o Espacio si:

  • Proceden a arrendar sin autorización su vivienda, habitación o espacio
  • Proceden a arrendar a personas a las que su licencia no le permite arrendar, como es el caso del arrendamiento a residentes en el extranjero, cuando su licencia le autoriza solo a arrendar a residentes en Cuba.
  • Si no cumplen con el procedimiento de exigir el documento de identidad a los residentes en el extranjero a los que hospede, o si no informa a la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería.
  • Si admite que las actividades desarrolladas en el espacio arrendado por usted, generen molestias a sus vecinos cercanos, con lo que incurre en una violación de las reglas de convivencia social.
  • A aquellas personas que ejerzan el servicio de arrendamiento de vivienda, habitación o espacio sin su licencia legal para ello, no solo se les impondrá la multa correspondiente de 1500 CUC, sino que se le negará la licencia para el ejercicio de esta actividad por un período de 2 años.

Se impondrán multas de menor cuantía los cuentapropistas con licencia de Arrendador de Vivienda, Habitación o Espacio si:

  • Tienen desactualizado su libro de Registro de Arrendatarios. Si no lo actualizan en 24 después de recibir la multa, deberán pagar 1000 pesos en moneda nacional CUP.

Por cometer determindas violaciones reiteradamente, se le puede decomisar la vivienda al propietario.

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