Traslado de cadáveres y traslado de cenizas a Cuba

Ante la ocurrencia de una novedad familiar, por la cual se precise trasladar el cadáver o las cenizas de un ciudadano cubano fallecido en el exterior hacia la Isla, es fundamental y recomendable que los familiares de la persona fallecida se comuniquen directamente con el Consulado de Cuba más cercano, es decir, el Consulado de Cuba en el país donde se encuentren en el extranjero.

En el Consulado de Cuba ubicado en el país donde haya tenido lugar el deceso de la persona, el personal diplomático cubano podrá ofrecer a sus familiares toda la información referente a las particularidades de los trámites y diligencias a seguir para estos casos.

El traslado de cadáveres resulta más exigente. Es importante que con antelación usted verifique con la aerolínea con la pretende organizar su viaje, si esta ofrece el servicio de traslado de cadáveres a Cuba y cuáles son los costos del servicio, que no resulta barato en líneas generales.

Además, se requiere contar con los certificados de defunción y de embalsamamiento, casi en todos los casos. De ahí la importancia de que se asesore usted con el Consulado de Cuba en el país donde usted se encuentre y desde el cual precisa trasladar el cadáver a Cuba.

Por su parte, el traslado de cenizas a Cuba no requiere autorización ni implica el pago de ningún arancel aduanal, migratorio o consular para la realización del acto.

Si un familiar fallece fuera de Cuba y es deseo del difunto y de su familia regresar las cenizas a suelo cubano, usted debe saber que, una vez que es cremado el cadáver, depositadas las cenizas en un ánfora funeraria, el familiar que asumirá su traslado a la Isla, tiene la oportunidad de traer consigo las cenizas en el avión en el que viaja.

Debidamente aseguradas en su ánfora funeraria, y dicha ánfora ubicada dentro de una bolsa protectora, las cenizas pueden viajar con el familiar que las transporta junto a él, como parte de su carry on.

Casi todas las aerolíneas admiten trasportar cenizas de difuntos como equipaje de mano, con la exigencia de que se trasladen en una urna funeraria, debidamente cubierta y disimulada y con un empaquetado contra rotura.

Es imprescindible que las cenizas sean trasladadas en un envase adecuado, debidamente clausurado con un cierre de seguridad, y resistente ante posibles roturas.

Varias aerolíneas permiten traer la urna funeraria y también la pieza de equipaje de mano, por lo que no se debe pagar demás por viajar con esta urna como equipaje de mano, siempre que cumplan los requisitos.

Las urnas funerarias no deben ser metálicas, preferentemente de plástico, madera, o cartón. En el propio crematorio pueden asesorarle en la elección de la urna indicada.

La mayoría de las aerolíneas no ponen trabas ante el hecho de trasladar cenizas de difuntos. No obstante, nuestra recomendación es que, ante la necesidad de hacerlo, usted contacte a la compañía aérea con la que tiene pensado viajar antes de concretar las reservas de este viaje, y verifique las particularidades de la aerolínea.

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