USCIS modifica formularios de trámites migratorios

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha dado a conocer en información oficial que se han realizado modificaciones a cuatro formularios de los que se emplean para trámites migratorios de notable importancia.

A partir de este 12 de julio de 2019, los formularios que han recibido actualizaciones serán los únicos que se aceptarán para realizar los trámites migratorios correspondientes.

Desde el 12 de junio de este 2019, los migrantes que empleen las versiones previas de estos formularios, deben tener en cuenta que pueden ser rechazadas o aplazadas sus solicitudes de trámites migratorios. Así lo advierten las autoridades Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, según publica el sitio de noticias Nuevo Gerald.

Los cuatro formularios que han sido modificados son los siguientes:

  • El Formulario I-131, Formulario de Solicitud de Documento de Viaje
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Se emplea para realizar la solicitud de un documento de viaje de refugiado; la solicitud de un permiso adelantado de reingreso (reentry permit); un permiso adelantado de reingreso para migrantes que se hallan en Estados Unidos sin solicitud de visa (advance parole); un permiso adelantado de reingreso para quien se halla fuera de Estados Unidos, por motivos humanitarios apremiantes o beneficio público notable.

  • Formulario I-698, Formulario de Solicitud de Ajuste de Estatus de Temporal a Residente Permanente

Se emplea cuando se tiene estatus de residente temporal en Estados Unidos y se precisa hacer un ajuste de estatus legal, con el fin obtener una green card permanente, sin tener que verse obligado volver a su nación natal a realizar el trámite consular requerido.

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La residencia permanente es condicional si la base es el matrimonio. Tras dos años de matrimonio, la pareja debe demostrar que no contrajo matrimonio para evadir las leyes de inmigración de los Estados Unidos, con un fraude matrimonial. La Remoción de condiciones en la residencia permanente con base en el matrimonio se solicita mediante el Formulario I-751.

  • Formulario I-821D, Formulario de Solicitud de Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia

Se emplea para jóvenes migrantes llegados a los Estados Unidos en su infancia y para solicitud de acción diferida bajo DACA, por vez primera o para renovar su presente lapso de dos años si se halla a punto de expirar.

Se exigen requerimientos como: haber tenido menos de 31 años el 15 de junio del 2012, haber entrado a los Estados Unidos antes de sus 16 años y haber permanecido en los Estados Unidos de manera ininterrumpida desde el 15 de junio del 2007, y otros. Una acción diferida demora la deportación.

  • Formulario I-589, Formulario de Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción
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Se emplea para realizar una solicitud de asilo en los Estados Unidos y para realizar la solicitud de una suspensión de remoción, llamada también exención de deportación.

El trámite de esta solicitud debe realizarse en el primer año en los Estados Unidos.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos declaró solo en el caso de este Formulario, se aceptará también la versión previa de este, con fecha del 16 de mayo del 2017.

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