El Servicio Nacional de Migración, realiza oportunamente las evaluaciones necesarias para proteger la salud y la vida de los ciudadanos, es por esto que hemos extendido hasta el 31 de octubre de 2020, la vigencia de todo documento de identificación emitido por la Institución, que haya vencido en el período comprendido entre el 13 de marzo y el 31 de julio de 2020, sin que ello genere multas o recargos por dicho vencimiento.
De igual forma se reconocerá como válida hasta el 31 de octubre de 2020, la documentación que haya vencido en el período comprendido entre el 13 de marzo y el 31 de julio de 2020. Se exceptúan las cartas de referencia bancaria y certificados de salud, los cuales deben ser debidamente actualizados.
En atención al Departamento de Notificaciones, los abogados podrán notificarse de sus trámites con la presentación de los siguientes documentos:
a. Copia del carné de trámite.
b. Copia de las siguientes páginas del pasaporte: generales, sello de registro, sello de última entrada, visa múltiple.
NO será necesaria la presentación del carné y el pasaporte original.
Fuente: SNM
Mi visa fue otorgada en Panamá. Es cierto que puedo viajar a Panamá con la visa vencida en julio? Agradezco su amable respuesta por favor. Gracias.
Agradezco al servicio Nacional de migracion de Panamá por su buen servicio y atencion para con los turistas extranjeros. Solo que no se si las visas de turismo entran en estos documentos cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de Octubre?
Es realmente una muy buena noticia para todos los cubanos que viajamos a Panamá con visa de turismo y está se nos vence en periodo de pandemia,con esta prórroga podremos viajar nuevamente a tan maravilloso país.FUERZAS PANAMÁ,SALDREMOS JUNTOS DE ESTO.