Detienen a cubano en Aeropuerto de CancĂșn con 30 mil euros no declarados

La prensa mexicana informĂł esta semana sobre la detenciĂłn de un cubano en el Aeropuerto de CancĂșn por portar 30 mil euros no declarados. 

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SegĂșn relatĂł Milenio, miembros de la Guardia Nacional en colaboraciĂłn con la Agencia Nacional de Aduanas de MĂ©xico notificaron sobre el arresto de un hombre extranjero en el Aeropuerto Internacional de CancĂșn, quien “intentaba ingresar al paĂ­s con 30 mil euros en efectivo sin declararlos ante las autoridades fiscales”.

El hecho tuvo lugar en la Terminal 2, cuando los elementos de la Guardia Nacional abordaron a un pasajero procedente de La Habana, señala el artículo. 

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El dinero se detectĂł mediante los rayos X, y a continuaciĂłn se solicitĂł al cubano “permiso para inspeccionar su riñonera, lo cual aceptĂł voluntariamente”, se precisa.

Dentro de la misma se descubrieron varios fajos de billetes de distintas denominaciones, llegando a la suma de 30 mil euros en billetes de 50, 100 y 200, equivalentes a mĂĄs de medio millĂłn de pesos mexicanos, refiere el citado texto.

El dinero y el individuo fueron puestos a disposiciĂłn en la Agencia del Ministerio PĂșblico de la FederaciĂłn en la entidad, para continuar las investigaciones.

CUÁNTO DINERO SE PUEDE ENTRAR A MÉXICO

SegĂșn el gobierno de MĂ©xico, si al entrar o salir de MĂ©xico llevas cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, Ăłrdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinaciĂłn de ellos, cuyo valor equivale a mĂĄs de 10 mil dĂłlares americanos, estĂĄs obligado a declarar ante las autoridades aduaneras. 

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En el caso de que no lo hagas, serĂĄs acreedor a una multa del 20% hasta al 40% sobre la cantidad del monto permitido.

Ahora bien, si la cifra no declarada es mayor a 30 mil dólares americanos, el pasajero serå sancionado con pena de 3 meses a 6 años de prisión y el excedente pasarå a ser propiedad del fisco federal, salvo que se demuestre el origen lícito de los recursos. 

Pero, si no se logra acreditar su legítima procedencia, la sanción puede ser de 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa, por considerarse una operación con recursos de procedencia ilícita.

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