¿Fin del visado de tránsito de cubanos para Panamá? Publican nueva resolución del Servicio Nacional de Migración

La Embajada de Panamá en Cuba ha publicado una nueva resolución del Servicio Nacional de Migración (SNM) que regula el tránsito por Panamá de personas naturales de un listado de países.

Se trata de la Resolución No. 16024, de fecha 8 de junio 2023, firmada por la Directora General del SNM, y que ha generado muchos comentarios entre los cubanos. 

La norma señala que hay un “incremento de personas extracontinentales en el flujo migratorio irregular”, que han sido rechazados por el país de destino, lo que “ha generado inconvenientes en los recintos de control migratorio en territorio panameño”. 

Es por ello, que el Servicio Nacional de Migración consideró necesario establecer controles migratorios más efectivos con relación a estos viajeros para permitir su abordaje con destino o tránsito por Panamá. 

De tal manera, Panamá negará el tránsito por su territorio de los viajeros provenientes de estos países: Afganistán, Angola, Argelia, Bangladés, Burkina Faso, Cabo Verde, Camerún, Congo, Chad, Eritrea, Etiopia, Ghana, Guinea, India, Kazajistán, Kirguizstán, Kenya, Mali, Mauritania, Nepal, Níger, Nigeria, Pakistán, Sri Lanka, Sierra Leona, Sudán, Somalia, Senegal, Togo, Uzbekistán. 

Las personas que viajen desde estas naciones serán admitidas en Panamá únicamente si cumplen con algunas condiciones, entre las que se destacan: 

  • Contar con visa o residencia panameña vigente;
  • Tener residencia o visa múltiple debidamente otorgada por Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conformen la Unión Europea.

¿FIN DEL VISADO DE TRÁNSITO PARA LOS CUBANOS QUE VIAJAN A PANAMÁ? 

Como la resolución fue compartida por la sede diplomática panameña en Cuba, muchos cubanos se preguntaron si esto significaba el fin del visado de tránsito para los cubanos. No obstante, la embajada no hizo aclaraciones al respecto. 

Eso sí, la norma señala que “este lineamiento es independiente de las demás disposiciones vigentes en la materia y, por lo tanto, del derecho que se reserva la República de Panamá para la no admisión del tránsito por su territorio de estos viajeros a razón de otras motivaciones”.

Asimismo, la página oficial dedicada a la publicación de resultados de visas o notificaciones del Servicio Nacional de Migración no informó de ningún cambio respecto al requerimiento de visado de tránsito para los cubanos. 

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