Gaceta de Cuba: aprueban valor de venta de suelo para inversiones extranjeras en energía renovable

La Resolución 271 de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta de Cuba el 27 de noviembre, regula la venta de terrenos a inversionistas extranjeros. 

La norma aprueba el valor mínimo del suelo, en propiedad, para terrenos donde se desarrollarán proyectos de inversión con capital extranjero en el sector de la energía renovable (solar fotovoltaica y eólica).

En el texto, se justifica que la Constitución de la República de Cuba, en su Artículo 28, determina que “el Estado promueve y brinda garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales”.

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En este sentido, reiteran que se consideran como aportes destinados al capital social de empresas mixtas y de empresas de capital totalmente extranjero, “los derechos de propiedad sobre bienes muebles e inmuebles y otros derechos reales sobre estos, incluidos los de usufructo y superficie”. 

Con la disposición, el gobierno cubano admite su “interés de potenciar el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía”, y destaca la utilidad de determinar los “valores mínimos de suelos para las inversiones donde se desarrollarán parques eólicos y solares fotovoltaicos que pueden constituir aportes para los negocios con capital extranjero”.

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VENTA DE TERRENOS EN CUBA PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA

La Resolución 271/2023 aprueba como valor mínimo del suelo (en propiedad) un valor de 0,34 USD/m² para terrenos donde se desarrollarán proyectos de inversión con capital extranjero en el sector de la energía renovable (solar fotovoltaica y eólica), en los municipios del país que se relacionan en el Anexo I.

Asimismo, señala que para determinar el valor del suelo en cada negociación o proyecto específico es obligatoria la realización de un avalúo y su certificación por el Ministerio de Finanzas y Precios, de acuerdo con el procedimiento establecido.

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“Los valores mínimos establecidos en el apartado Primero son referencia obligatoria para el cálculo del valor del suelo en cada proyecto o negociación”, indica también la norma. 

La presente Resolución entrará en vigor a los tres días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

 

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