El gobierno cubano, mediante normal del Banco Central de Cuba (BCC) ha plasmado en la Gaceta Oficial cómo se limitará el cobro y pago en efectivo, en pesos cubanos, para la incorporación de los actores económicos al programa de bancarización.
En una nota informativa de este miĂ©rcoles, el BCC delineĂł algunas de las principales medidas que entraron en vigor este 3 de agosto.Â
En esta lĂnea, la ResoluciĂłn 11/2023 contiene las normas bancarias sobre lĂmites para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depĂłsito, extracciĂłn y tenencia.
Publicada en la Gaceta Oficial No. 55 Extraordinaria de 2 de agosto de 2023, la normativa refiere que el aumento del uso del dinero en efectivo en las transacciones econĂłmicas y financieras ha provocado un retroceso de los niveles de bancarizaciĂłn.Â
A ello “se adicionan los elevados costos asociados a su emisiĂłn, transportaciĂłn, procesamiento y almacenaje, asĂ como la demanda creciente en el nĂşmero de cajeros automáticos para la extracciĂłn del efectivo”, indican.Â
De ahà que se hayan implementado medidas que afectarán a empresas estatales, organizaciones superiores de dirección empresarial, unidades presupuestadas; cooperativas no agropecuarias; cooperativas agropecuarias; productores agropecuarios; agricultores individuales; pescadores comerciales; micro, pequeñas y medianas empresas; proyectos de desarrollo local; trabajadores por cuenta propia; artistas y creadores; las modalidades de inversión extranjera y las formas asociativas creadas al amparo de la Ley de Asociaciones.
LIMITAN TRANSACCIONES EN EFECTIVO ENTRE EMPRESAS
Entre las principales disposiciones adoptadas están:
- Un lĂmite máximo de cinco mil pesos cubanos por operaciĂłn para los cobros y pagos en efectivo que se deriven de una relaciĂłn contractual entre los sujetos de esta ResoluciĂłn, asĂ como para el incremento de caja chica destinada a pagos menores.Â
-  Las operaciones que superen la cifra de cinco mil pesos cubanos, se deberán realizar mediante los instrumentos de pagos y tĂtulos de crĂ©dito distintos del efectivo, priorizando los canales electrĂłnicos de pago.
- Los pagos de las obligaciones con el Presupuesto del Estado se efectĂşan mediante los instrumentos de pago y canales electrĂłnicos, desde cuentas corrientes o con propĂłsitos fiscales.
- Los ingresos en efectivo en moneda nacional que reciban los sujetos de esta ResoluciĂłn son depositados en su cuenta corriente, a más tardar al siguiente dĂa hábil bancario a la fecha de su recepciĂłn.
-  En el caso de los ingresos en efectivo en pesos cubanos que reciban los sujetos de esta ResoluciĂłn se depositarán en su cuenta corriente, a más tardar al siguiente dĂa hábil bancario a la fecha de su recepciĂłn.Â
por Dios que locura….?‍♀️?‍♀️?‍♀️?‍♀️?‍♀️?‍♀️