Importación de motos a Cuba en 2025: respuestas a preguntas frecuentes

Conoce las respuestas del Ministro de Transporte de Cuba, Eduardo Rodríguez Dávila, sobre la nueva normativa para la comercialización e importación de motos. Conoce los requisitos, procesos legales y restricciones clave.

Directorio Cubano reproduce las respuestas que el gobernante ofreció a algunas de las dudas más frecuentes de los usuarios.

Importación de motos a Cuba: preguntas frecuentes

P/¿El valor de la importación de las motocicletas se considera dentro de los mil puntos de la importación?

R/ No se considera dentro de este límite. La importación de las motocicletas se realiza de manera independiente al límite de importación del pasajero. 

Se puede importar una motocicleta de combustión por persona en un periodo de cinco años y la importación se materializa mediante el pago de los aranceles y el servicio de aduana correspondiente en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles. Ver infografía con los aranceles y servicios de aduana.

P/Un amigo mío que va para Panamá dice que él puede comprarme la moto de combustión allá con mis datos y enviármela como carga a mi nombre. ¿Es legal esta vía? ¿Podré legalizarla cuando arribe a Cuba?

R/ Sí puede proceder de ese modo, siempre que la motocicleta sea de hasta 250cc y con no más de 10 años desde su fecha de fabricación. El amigo deberá embarcar la motocicleta adquirida a su nombre, como envío a través de un Transitario de cargas con destino a un corresponsal cubano y una vez en Cuba, habiendo pagado el arancel y el servicio de aduana en divisas correspondiente, se puede legalizar con el documento de nacionalización correspondiente que expide la Aduana.

P/Estoy en el extranjero ¿Puedo llevar la moto en mi viaje de regreso a Cuba?

R/ Sí, pero como EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO, lo cual significa que la moto no puede embarcarse por el mostrador de check- ni en el aeropuerto de origen como parte de las maletas, sino a través de un despacho de “CARGA NO ACOMPAÑADA” en la oficina correspondiente. Este tipo de carga se recibe en Cuba a través de un transitario de carga y no en la terminal aeroportuaria, que no está habilitada para carga, sino para equipaje.

P/¿Puedo importar la motocicleta como equipaje no acompañado, totalmente desarmada?

R/ No se recomienda. Puede admitirse una motocicleta a la que se le haya desacoplado algunas partes (timón, asiento y ruedas) para facilitar su transportación o embalaje, con su correspondiente pasaporte técnico y factura; pero no un conjunto de piezas y agregados, de un supuesto vehículo desarmado, que solo un especialista pudiera discernir si es el medio que dice ser o es otro, y luego se presentarán inconvenientes. 

La política aprobada no refiere que la autoridad aduanera decida durante el despacho si está frente a la importación de un conjunto de partes y piezas o ante una motocicleta completa. Las disposiciones emitidas autorizan la importación de “una motocicleta” como artículo unitario, y por tanto debe ajustarse a ello.

P/¿Si compro todas las piezas de una motocicleta en una MIPYME, fabrico el cuadro y armo una moto, la puedo legalizar?

R/ No se puede legalizar. Debe adquirir una motocicleta entera por alguna de las vías legales, tales como: desde otra persona que la haya tenido antes legalizada; a través de las entidades importadoras / comercializadoras autorizadas; importada como equipaje no acompañado; o mediante un envío consignado a su persona, como motocicleta entera, mediante el pago de los aranceles y servicios de aduana correspondientes.

P/Quisiera saber si con la nueva normativa, se pueden importar unidades de moto.

R/ La importación de unidades de moto (motor o block de cilindros) se realiza solo, a través de las importadoras/ comercializadoras autorizadas, no directamente.

Existen mipymes con Licencia de Operación del Transporte, que han importado unidades de moto a través de las entidades importadoras/comercializadoras autorizadas y pueden montar y facturar estas unidades como parte de las labores de taller que realizan, siempre que sea como reposición a una motocicleta inscrita en Registro de Vehículos.

P/Quisiera saber si se pueden legalizar las motocicletas que se ofertan por diferentes páginas web con entrega en Cuba.

R/ Todas las motocicletas eléctricas y de combustión de hasta 250cc y con no más de 10 años desde su fecha de fabricación, pueden importarse al país, como carga no acompañante o como envío a través de un transitario de cargas con destino a un corresponsal cubano y una vez en Cuba, habiendo pagado en divisas el arancel y el servicio de aduana, y con el documento de nacionalización correspondiente que emite la Aduana, se puede legalizar la moto en el Registro de Vehículos, una vez en cinco años cada persona.

Por estos días hemos visto el surgimiento de diversas ofertas de entregas de motocicletas eléctricas y de combustión en Cuba vía internet. En muchos casos se promete, previa ejecución del pago, la entrega de un equipo específico en el país, el cual sería importado como envío dirigido a su nombre, con la factura correspondiente, cumpliendo los requisitos establecidos. Eso es posible aclarándose bien la legalidad de la oferta, aunque le recomendamos adquirirlas a través de las comercializadoras autorizadas, que en los próximos días divulgarán varias ofertas. Sugerimos también no adquirir una motocicleta, de cuyo comportamiento en las condiciones de Cuba, no se cuente con un antecedente favorable.

Las motocicletas que no serán legalizadas son las ensambladas en el país por algunas MIPYMES u otras formas de gestión no estatal, que sin licencia para ello, a partir de una autorización expedida para comercializar piezas y agregados de importación,  como parte del proceso de reparación de motos ya legalizadas, han ofertado motocicletas completas, entregando una factura de la unidad y otra con el resto, procedimiento que no se ajusta a lo establecido.

Ten en cuenta:

Lo importante a tener en cuenta a la hora de adquirir una moto es: su marca y el modelo, el cumplimiento de los requisitos en cuanto a cilindrada y fecha de fabricación, el precio, la garantía técnica, el posible acceso a las piezas de repuesto y a los servicios de taller, y muy importante la forma en que ingresa al país. Debe asegurarse no sea armada por partes y piezas, una modalidad autorizada de manera excepcional para vehículos que ya existían para que las familias pudieran utilizarlos, después de las revisiones correspondientes que garantizaran su seguridad, en momentos de tantas dificultades con la transportación pública de pasajeros en el país; pero para las nuevas adquisiciones esta no es la vía a utilizar. Los vehículos deben ser importados íntegramente o ensamblados en la industria nacional.

P/¿Cómo se pagan los aranceles y servicios de aduana de las motos que se importen?

R/ El pago se realiza en USD o su equivalente en otras divisas convertibles y mediante las formas de pago que establece el Banco Central de Cuba, incluidas las tarjetas de prepago nacionales (clásica o de BANDEC) y las internacionales, a las cuentas bancarias establecidas, algo que deben organizar los transitarios de cargas.

Los aranceles también pueden pagarse desde el exterior previa coordinación entre los corresponsales transitarios de cargas, siempre en divisas convertibles.

 

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