Impuesto aduanero en Cuba: no hay incremento del Arancel según Ministerio de Finanzas y Precios

Uno de los temas que más interés ha generado con el proceso de unificación monetaria que comenzará en Cuba el primero de enero es el pago de los aranceles de la Aduana.

Les proponemos el resumen de la intervención de Yahily García Poma, Directora de Política de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios en la Mesa Redonda. Además, informaremos sobre lo que la Aduana ha respondido a nuestra redacción sobre este asunto.

Sobre el impuesto aduanero, abordó el tema de los aranceles aplicados a:

  • Importaciones comerciales de las personas jurídicas (o empresas)
  • Importaciones no comerciales de las personas naturales.

Información ofrecida:

En el caso del impuesto aduanero hemos explicado en otros espacios que este se aplica a las importaciones comerciales que son las que hacen hoy nuestras personas jurídicas, y las no comerciales que pueden hacer también las no jurídicas o personas naturales. 

En el caso de las personas jurídicas hay una transformación importante de este impuesto que hay que explicar aquí, porque como todos conocen, las importaciones toman una dimensión a partir de la Tarea Ordenamiento. 

Nuestras empresas cuando importan, ese valor de importación su contabilidad la reconoce al cambio de 1×1. Cuando a partir del primero de enero estemos en otro escenario, esas importaciones van por la tasa de cambio, por tanto las bases a las que se aplica el arancel, que además es porcentual, tiene un peso importante y ahí hubo que hacer reajustes, por tanto en la importación comercial estamos haciendo una actualización de las tarifas arancelarias que se aplican a ese valor de importación, fíjense que teníamos tarifas máximas entre el 30 y el 40 % y ahora vamos a tener tarifas máximas de 10 y 5 %.

Para más información, véase Gaceta 72,  en especial la Resolución conjunta del Ministerio de Finanzas y Precios y el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera.

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Importaciones no comerciales que realizan las personas naturales.

También con este impuesto nos llegaron un grupo de preocupaciones, de falsas noticias sobre que se incrementaban los aranceles ahora, sobre cómo la gente va a venir ahora a Cuba con lo caro que va a costar pagar en los aeropuertos y eso también ha sido aclarado, pero bueno aquí vamos a volverlo a explicar para que se comprenda de una mejor manera. 

En el caso de los aranceles de la importación no comercial que se aplican hoy a las personas naturales, NO tienen incremento, eso es lo primero que tenemos que ratificar.  

Cuando se diseña la actualización de los aranceles en el escenario de ordenamiento lo primero que se trabajó era dejar que las personas pagaran en similares cuantías a lo que se paga hoy, cuando una persona entra por el aeropuerto o recibe un envío.

Según García Poma, “los cambios están en la expresión de ese valor de esa importación en dólares y la utilización de esa tasa de cambio.”

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Hoy lo que vamos a tener es que se mantiene protegida la primera importación del residente permanente en Cuba, y para eso hemos reajustado las tarifas arancelarias que tenemos establecidas en la actualidad del 100% y 200%. En el nuevo escenario de la unificación monetaria en Cuba será del 4% y 8%, precisamente garantizando que no se afecte el residente permanente en Cuba cuando entre por el aeropuerto. 

Para poner un ejemplo, hoy una persona que agota su total de importación que es de 1000 $ que es lo que se tiene autorizado y se mantiene, esa persona paga 1450 $ por arancel de Aduana. En el escenario de la unificación monetaria esa misma persona tendría que erogar 1392 pesos. Fíjese que es menor que lo que se paga en estos momentos.  

¿Qué ha explicado la Aduana a la redacción de Directorio Cubano sobre el arancel en el contexto de la unificación monetaria?

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 Se mantienen los 25 kg de efectos personales exentos de pago y los primeros 50.99 del valor de importación de  $1000.00

A los pasajeros residentes permanentes en Cuba que importen por primera vez dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), artículos en exceso de los cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD)  y hasta un valor de mil dólares estadounidenses (1 000.00 USD), se les aplica una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación,como se establece a continuación: 

De 51.00 USD hasta 500.99 USD    4 %

De 501.00 USD hasta 1 000.00 USD    8 % 

Si usted agota el valor total de importación permitido ($1000.00), en correspondencia con la tarifa progresiva y la tasa de cambio vigente deberá pagar por concepto de derechos de aduana, un total de $1392.00 CUP. 

Se mantienen vigentes las Resoluciones Nros. 206 y 207/14, que establecen los artículos y productos que se pueden importar, las cantidades y su valor.

Para más información, véase las Resoluciones 352 y 353 de la Gaceta 71 del MFP.

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2 comentarios en «Impuesto aduanero en Cuba: no hay incremento del Arancel según Ministerio de Finanzas y Precios»

  1. Buenas,lo q quiere decir que a partir del segundo viaje,aunque venga con el equipaje de mano y otra maleta de 23 Kg hay q pagar siempre,que antes no sucedia siempre que pasara por el canal verde. Es así o no.

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