Un reciente trabajo informativo de Canal Habana aborda la puesta en funcionamiento de nuevas Casas Comisionistas en la capital de Cuba, luego de publicada la normativa que las regula en junio pasado.
El Subdirector de la Empresa Provincial de Comercio, Yusnier Arias Valdés, dijo al periodista Eduardo Ernesto Cedeño que “las nuevas Casas Comisionistas le brindan a la población un servicio de venta de artículos”.
Estos artículos pueden ser “de uso o nuevos” y las personas deben tener la propiedad para establecer “un contrato de compraventa en la cual la casa determina una comisión a partir del precio pactado entre la población y la propia entidad”.
El directivo aclaró al medio capitalino que “además de los propios servicios que se le brinda a la población, se le puede ofrecer a las propias empresas estatales”.
En este caso, las Casas realizan “la gestión de los inventarios de productos de lento movimiento u ociosos”.
De acuerdo a la explicación ofrecida, “la Casa Comisionista y el administrador tienen la facultad de, a partir del precio, considerar si este es inadmisible y por tanto, vetar la contratación”.
Sobre los productos que se pueden vender en estas entidades, explicó que “no se puede comercializar ni productos alimenticios ni bebidas, ni joyas de oro y plata o piezas de automóviles”, por solo citar unos ejemplos.
RESOLUCIÓN 83/2021: Reglamento para el funcionamiento comercial de las Casas Comisionistas en Cuba
La normativa establece que el servicio se presta en tres modalidades:
- La gestión para la venta de los artículos, mediante el pago de una comisión pactada sobre el precio de venta;
- Comprando de forma directa los artículos con pago parcial o total, descontando la comisión sobre el precio de venta acordado, si se otorgó la facultad por el Director de la empresa; y
- Mediante el depósito en consignación
Se dispone que “las rebajas de precios planteadas por el cliente se convenían en cada ocasión entre las partes”.
Sobre los artículos y prohibiciones, explica la resolución que deben presentar “perfecto estado higiénico”.
Así, en el caso de la ropa interior y trajes de baño, deberán ser nuevos; los relojes, efectos eléctricos, cámaras fotográficas y accesorios fotográficos, deberán tener funcionamiento; y los tocadiscos y reproductoras tienen que entregarse con un disco de prueba para su demostración.
Respecto a los efectos electrodomésticos, está establecido que “se entregan con el certificado de propiedad correspondiente, a no ser que sean equipos antiguos que por la experiencia práctica se conoce que no se comercializaron hace mucho tiempo”.
Además de los artículos prohibidos mencionados anteriormente, no se podrá vender en las Casas Comisionistas de Cuba: “moneda con valor numismático, sellos de correo con valor filatélico o postal, motores de vehículos automotores y productos que solo puedan constituir propiedad estatal”.
La resolución completa AQUÍ.
Está bien ya que no hay nada donde comprar, sobre todo a los niños
Está bien que las pongan a funcionar nuevamente, y en todo el país. Pero no basta con las «resoluciones» hay que dejar q la gente desarrolle sus iniciativas y q no haya fraudes
Cierto esas tiendas existían el precio lo pone el dueño de la mercancía más el porciento de la TDA y era muy bueno pues para no ser absoluto casi todo se vendía y debería volver a todo el pais
Esas eran las Casas de Empeño que funcionaban antes del periodo especial. En todo el país. No hay nada nuevo.
El precio debe ponerlo el propietario del objeto em Comisión y la.entidad porner su porciento por encima.
Las librerias de libros de uso también existen con su porciento de Comisión.
Son cosas qie desaparecieron en Cuba durante y después del periodo especial.
No entiendo por que sólo en La Habana?? Cuando todo el país es Cuba y todos necesitan algo que vender o que comprar.